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Antena 3 y Tele 5 quieren un freno radical a los espacios comerciales en la TV pública

Las privadas proponen reformar por ley tanto RTVE como las televisiones autonómicas

Las empresas privadas de televisión Antena 3 y Tele 5 han enviado un documento al Gobierno y al Parlamento en el que plantean cambios radicales para el mundo de la televisión. Proponen limitar los canales públicos a los servicios que se les atribuyan por ley o, al menos, garantizar que si los operadores públicos ofrecen informativos, deportes o películas, lo hagan bajo la "prohibición absoluta" de financiarlos con publicidad u otros recursos comerciales. El documento en cuestión da por hecho que RTVE "deberá desgajarse necesariamente" en varias empresas.

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Esta intervención de las dos televisiones privadas se produce cuando ni siquiera han sido llamadas por la subcomisión del Congreso encargada de reformar el modelo de televisión estatal, y tras haber comprobado, a través de diversas gestiones, que el Gobierno se muestra remiso a abordar una reforma importante a corto plazo y que toda política en esa dirección se aplaza a la próxima legislatura. Los presidentes de las dos empresas televisivas, Alejandro Echevarría (Tele 5) y José María Mas (Antena 3) lamentaron el martes pasado, durante la entrega del documento a la prensa, que la subcomisión parlamentaria encargada de ello no haya incluido a los operadores privados de televisión entre los que deben ser llamados a la hora de definir el futuro.

La ofensiva de las dos televisiones abarca no sólo a RTVE, sino a los canales autonómicos. El documento en cuestión critica a la subcomisión parlamentaria por haberse limitado a plantearse la reforma del Estatuto de RTVE; y considera "vital" que se modifique "sustancialmente" la vigente ley del Tercer Canal, con el argumento de que también las autonómicas deben respetar la normativa de la Comunidad Europea.

A juicio de dichas televisiones privadas, las empresas públicas sólo pueden recibir legítimamente financiación pública cuando la mayoría de su oferta al público entre en una de estas dos categorías:

- Programación "que el mercado no ofrece", es decir, la que no se presta, de forma voluntaria ni obligatoria, por los operadores privados.

- Programas y servicios que, aún cuando se ofrezcan también por operadores privados, sean facilitados por los públicos "en la medida en que existe una prohibición total de obtener ingresos comerciales (publicidad, patrocinio, merchandising, etc) a través de esos programas o servicios".

A los privados no les parece mal que un canal público emita informativos, deportes o películas, "siempre y cuando esa emisión no reporte al operador ni un sólo ingreso comercial y se emita sin publicidad", añade el mismo documento.

Las obligaciones que las privadas desean se impongan a las públicas deben regularse por ley, siempre según ese texto, puesto que sus autores aprecian que en España no existe "un estatuto de servicio público que incluya concretas cargas y obligacione". Los autores del documento pretenden darle la vuelta al modelo actual: si el legislador español -"estatal o autonómico", puntualizan- desea mantener un servicio público televisivo que se financie con cargo a los presupuestos públicos, debe respetar estas condiciones:

1. Establecimiento, mediante ley, de un estatuto "claro, concreto y detallado" del servicio público televisivo.

2. Exigencia de un sistema de "contabilidad analítica" a los operadores públicos, para conocer con exactitud si los fondos públicos que se les otorgan se aplican sólo a "los programas, cargas y obligaciones de servicio público".

3. Separación clara de entidades cuando prestan servicios públicos y también comerciales.

4. Establecimiento de una autoridad de control y sanción independiente respecto del Gobierno, tanto estatal como autonómicos.

5. Verificación, por un órgano de auditoría, de que los fondos públicos son "proporcionados y adecuados" al cumplimiento de las misiones de servicio público impuestas a la televisión estatal y a las autonómicas.

Ni fútbol, ni películas

Para Antena 3 y Tele 5, "nunca podría ser considerado de servicio público un programa de entretenimiento"; sólo entrarían en esa categoría los culturales, educativos y de atención a las minorías. Tampoco podría aceptarse como programación de servicio público la retransmisión de acontecimientos deportivos (salvo que se trate de atender a las minorías, difundiendo lo que no ofrecen los operadores privados), ni las películas u obras de ficción, salvo que se emitan con un tratamiento técnico dirigido a sordos y/ o ciegos.

Y para remachar la faena, el documento de Antena 3 y Tele 5 pretende asegurarse de que los programas financiados con fondos públicos se emitan en horarios de audiencia importante. "No puede considerarse cumplimiento de una obligación de servicio público la emisión de un programa cultural cuando se permite que se realice a las 4 de la mañana", es el ejemplo mencionado en el documento de los privados.

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