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Los contenedores y la huerta

Vaya por delante que ha sido un alivio ver por fin que empiezan a desaparecer contenedores de los terrenos de huerta del sur de la ciudad de Valencia. No es fácil romper la inercia de quince años al menos (un vuelo de 1984, en los inicios del Plan General, ya señalaba áreas con depósitos de contenedores en Corts, La Punta, Pinedo, etc.). La voz que ha llegado a los medios de comunicación da por resuelto el conflicto, y puesto en marcha un convenio, que parece reunir todo lo necesario para resolver este antiguo desencuentro de la huerta con una compañía extraña a su tejido y su carne más auténtica. Se ha dado un sello definitivo al citado convenio hacia el público, sin mostrar sus términos, las limitaciones y los logros, las contrapartidas y algunas cosas más. En estas notas trato de hacer constar la inquietud acerca de una versión oficialista de happy end, y de proponer una reflexión, a la búsqueda de alguna clave olvidada, quizá no evidenciada, quizá no cerrada del todo. No se puede entender el desenlace feliz que se anuncia, sin conocer el texto del mencionado convenio, y a la vez, o quizá por ello, permanece la dificultad objetiva del caso. El nudo del problema no ha aparecido todavía en las versiones publicadas. El suelo sobre el que se asientan los cultivos de la huerta es un recurso patrimonial de alto valor, un activo fijo y factor directo de la producción. De todos los bienes patrimoniales de la huerta, el más antiguo sin duda es el suelo, formado a lo largo de cientos de miles de años, con una profundidad y una fecundidad que distingue estas tierras entre los mejores regadíos del mundo. La ocupación fuera de ordenación de suelos de huerta para depósitos de contenedor plantea una doble inquietud: la de afectar a un recurso no renovable, de bastante fragilidad (y difícil sostenibilidad) y además, la de un coste externo o externalidad. Esta se produce cuando la actividad de un agente (el depósito de contenedores) origina una pérdida de bienestar o valor a otro agente (el horticultor y en último término a toda la sociedad), sin que esté compensada. La pérdida en este caso es lo mismo, un proceso industrial que no cuenta como ventaja no compensada el uso consuntivo, y por tanto la reducción, de un recurso no renovable como el suelo. Volvemos al punto que antes habíamos señalado, en las ocupaciones de huerta por contenedores, en la orilla de la legalidad, la ordenación y la coherencia fiscal. Hay un grado de transformación del suelo que afecta irreversiblemente (asfaltado, compactación, cambio de nivel), o al menos, de dudosa y costosa reversibilidad. Esta es la razón y la explicación de la externalidad que antes se ha descrito. No es difícil observar las áreas de antigua huerta hoy todavía ocupadas por contenedores, y del mismo modo, se puede comprobar la irreversibilidad hoy imperante en las superficies de auto-cines abandonadas hace diez o quince años en las cercanías de Pinedo. Además de algunas manifestaciones que quedan en medias tintas, este proceso descrito cuenta con más silencios que lo deseable: la Televisión Valenciana, las instituciones implicadas, los colegios profesionales (de ingenieros agrónomos, de ingenieros técnicos agrícolas), las organizaciones profesionales agrarias, el Puerto. Una de las pocas voces activas ha sido la palabra destinada al medio ambiente y la dignidad humana, alejada de consideraciones telúricas, del arzobispo de Valencia, destacada en medio de tan abundantes y enojosos silencios. ¿Alguien cree que es justo y sobre todo posible que el agricultor levante la zahorra y asfalto de sus tierras, aunque hayan desaparecido los contenedores, para volver a cultivar hortalizas? ¿Quién pagará el coste de la reversibilidad? En todo caso siempre parece preferible ayudar a recuperar esas tierras, aunque pague la sociedad (las instituciones) y en la parte que les toca a quienes compensarían ahora sus ventajas de dos decenios. Por cierto, ¿quién tiene las cifras de depósitos de contenedores en la huerta, hectáreas ocupadas, y cuántos han salido de la huerta? Se ha hablado en el convenio sólo de depósitos de contenedores. ¿Y todas las otras ocupaciones ajenas (almacenes de aguas minerales, tableros y maderas, talleres, etc.) que no se mencionan y siembran igualmente la huerta del sur? Una última consideración es el irremediable, al parecer, destino de los depósitos de contenedores. Si se reubican hacia la huerta, aunque sean en polígonos industriales, la pérdida a largo plazo, sigue siendo para la huerta. Esperamos, pues, que las partes implicadas en el convenio expliquen los términos del mismo en tintas completas, y que se computen los costes de las externalidades, incorporándolas al proceso de mercado, con visión amplia y global, sin irreversibilidad.

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