Los jueces de Madrid abrirán un registro con todos los denunciados por maltrato doméstico
Los jueces de Madrid crearán un registro de delitos de violencia familiar, en el que anotarán los nombres de las personas que golpeen a sus esposas, maridos, padres o hijos. Con sólo pulsar un botón de su ordenador, los magistrados conocerán al instante si el detenido es un habitual en este tipo de acciones; en caso afirmativo podrán imputarle un delito (con las medidas cautelares que ello permite) en lugar de una falta, como hasta ahora. Un nueva ley, aprobada el pasado 9 de junio, respalda ahora a los jueces para actuar con mayor severidad contra los agresores familiares.
El objetivo de esta iniciativa es ofrecer una respuesta judicial contundente contra quienes reincidan en esta práctica y, paralelamente, proteger a las víctimas de nuevas agresiones. El juez decano de Madrid, Fernando Fernández Martín, ha redactado ya el proyecto en el que figura la creación en los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid de una base de datos con los nombres de las personas que peguen a sus familiares. Fernández ha contactado con la Agencia de Protección de Datos para otorgar "absoluta legalidad" al futuro registro de delitos de violencia en el ámbito familiar.
El decano tiene previsto someter la creación de esta base de datos a la consideración de sus compañeros en una próxima junta de jueces. Si no surge ningún obstáculo, el registro de violencia familiar de los juzgados de la plaza de Castilla podría entrar en funcionamiento después del verano. Como fecha probable, calcula el 1 de octubre, "aunque podría entrar antes si mis compañeros están de acuerdo", afirma.
Para configurar la base de datos, el decanato se servirá de todas las denuncias y atestados que lleguen a la plaza de Castilla relacionados con violencia familiar. Este trabajo se efectuará a través del juzgado de guardia y de la oficina de reparto de asuntos penales, lugar en el que los abogados depositan las denuncias antes de su remisión a los juzgados.
Los funcionarios de esta oficina anotarán el nombre del agresor, el juzgado al que corresponda conocer el caso y la fecha de la agresión. Además, según el juez decano, habrá un seguimiento del caso y en el ordenador se anotará también la fase judicial en que éste se halle. Es decir, si ha sido archivado, si está pendiente de juicio o si ya ha recaído sentencia sobre él.
El juez decano de Madrid asevera que tales datos serán totalmente reservados: "Todos los datos registrados", precisa, "tendrán el carácter de reservados, y sólo tendrán acceso a ellos los jueces, secretarios judiciales y el ministerio fiscal. He hablado con la Agencia de Protección de Datos para legalizar el registro y someterlo a todos los requisitos que establece la ley para bases de datos de este tipo", agrega. ¿Cuando se podrá salir de esa lista negra? "Nos someteremos estrictamente a las normas que nos dicte la Agencia", subraya el decano. Si se produce una absolución, de inmediato, y si la sentencia es condenatoria, cuando prescriba el delito.
Reforma legal
Esta base de datos contribuirá al desarrollo del contenido de la Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio, que supone una modificación del vigente Código Penal de 1995 y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de protección a las víctima de malos tratos. Hasta la promulgación de esra nueva Ley, los jueces tenían las manos casi atadas, según fuentes jurídicas. La mayoría de las agresiones familiares se quedaban en meras faltas, que, a la postre, se traducían en condenas económicas de 10.000 o 20.000 pesetas, y el acusado seguía en la calle. El juez tenía las manos atadas porque, aunque el agresor hubiese sido detenido otras veces por hechos similares, éste podía alegar que aún no había sentencia firme sobre él, lo que le impedía agravar la posible pena. A partir de ahora, sin embargo, el juez podrá convertir en delito lo que antes era una falta si teclea el ordenador y observa que el detenido que tiene delante ha sido denunciado otras veces, con independencia de la fase judicial en que se halle esa denuncia. La reforma ha afectado al artículo 153, que cambia radicalmente el panorama en este aspecto, y que establece lo siguiente: "(...) Para apreciar la habitualidad [de las agresiones familiares] se atenderá el número de actos de violencia que resulten acreditados, así como a la proximidad temporal de los mismos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma o diferentes víctimas, y de que los actos violentos hayan sido o no objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores".
El nuevo artículo subraya que se entenderá la "habitualidad" con independencia de que los "actos violentos hayan sido -o no- objeto de enjuiciamiento en procesos anteriores".
Esta reforma legal deja, pues, las manos libres a los jueces para convertir en delito y tomar medida rápidas y contundentes contra aquellas personas "habituales" en agresiones familiares, sin que éstas puedan alegar la ausencia de sentencia firme sobre sus fechorías anteriores. De ahí la importancia de la base de datos que va a crear el decanato de los juzgados de la plaza de Castilla, que permitirá a los jueces conocer de inmediato los procesos que tengan pendientes los agresores y ordenar medidas cautaleres, que pueden ir desde el ingreso en prisión hasta el alejamiento del entorno familiar.
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