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Álvarez de Miranda destaca que no se respete el bilingüismo oficial

VIENE DE LA PÁGINA 1 Fernando Álvarez de Miranda considera que, en líneas generales, "los poderes públicos autonómicos y locales y sus correspondientes administraciones están en disposición de afrontar los retos derivados de la cooficialidad lingüística", aunque apunte que "en algunos supuestos basculan hacia un monolingüismo excluyente del castellano que también debe ser corregido". Asegura, en consecuencia con la afirmación anterior, que ni en el "poder público estatal y la Administración general del Estado, ni tampoco en el poder judicial y la Administración de justicia", se han planteado afrontar este reto. El caso de la justicia es específicamente analizado. Las cifras que maneja el Defensor del Pueblo son concluyentes. En el concurso de méritos de traslado de jueces y magistrados figura como mérito preferente el conocimiento de las lenguas de las comunidades autónomas. Pues bien, tan sólo 32 jueces indicaron su dominio del catalán, 2 del euskera y 7 del gallego. "Es evidente", concluye Álvarez de Miranda, "que con tan escasos recursos no resulta posible garantizar la plena efectividad de los derechos lingüísticos de los ciudadanos en el ámbito de la Administración de justicia". El Defensor del Pueblo es el primero en hacer examen de conciencia y reconocer que su institución, pese a que atiende las quejas, independientemente de la lengua en la que le sean presentadas, las tramita en castellano, lo que se debe, asegura, a "que no dispone de los medios para actuar de otro modo", pese a que debiera, en pura lógica, poder hacerlo en todas las lenguas oficiales. El Defensor del Pueblo aplica la misma vara de medir. Así, no le duelen prendas al criticar la distribución en Cataluña de un folleto de la Dirección General de Tráfico (DGT) redactado exclusivamente en castellano y recuerda que su oficina "planteó a dicho centro directivo la posibilidad de que en el futuro se redactasen también en las otras lenguas del Estado", lo que fue rechazado alegando, básicamente razones económicas. "Obviamente", añade, "esta institución no comparte el criterio de la DGT, y así se hizo constar en ese momento". Compleja explicación Pero en el mismo sentido, el informe critica que en la sede del TSJC "se haya sustituido la rotulación informativa bilingüe o monolingüe en castellano por otra nueva exclusivamente en catalán". El Defensor del Pueblo explica que solicitó un informe sobre el hecho al Gobierno de Cataluña, que respondió argumentando que ello obedecía a la intención de "provocar un cambio cultural sobre la anterior situación de predominio de la lengua castellana" a través de lo que dicha autoridad daba en denominar "políticas de imagen con modificación del paisaje monolingüe castellano". "Esta institución no puede compartir este criterio", sentencia Álvarez de Miranda, entre otras cosas porque "la modificación de este "paisaje monolingüe castellano" no se resuelve privando a los usuarios de información en la lengua de su libre elección". En el mismo sentido, el Defensor del Pueblo observa "cierta insensibilidad" en la "imposición", por parte del Servicio Catalán de la Salud, de tarjetas identificativas de los usuarios redactadas exclusivamente en lengua catalana, "incluso aunque los titulares de las mismas soliciten de manera expresa que les sean expedidas en lengua castellana". Álvarez de Miranda pone el ejemplo del problema que se le presenta a un usuario cuando se desplaza a otra comunidad autónoma y sus documentos sanitarios no pueden ser entendidos. En el campo de los extremos, el Defensor del Pueblo acusa recibo de algunos escritos "que rechazan que sea la libre opción de cada ciudadano la que determine, a través del juego de la oferta y la demanda, la lengua de uso en los medios de comunicación y de expresión de titularidad privada o en las relaciones también privadas de carácter profesional, comercial o mercantil, incluso aunque a dicho mecanismo de mercado se le apliquen las correcciones que resulten procedentes y legítimas en base a razones históricas, culturales o sociales". "Cuando se tiene este criterio", dice el informe de Álvarez de Miranda, "se acude a la limitación, a la prohibición, a la sanción, en un ámbito en el que la opción lingüística no debiera generar nunca perjuicios ni cargas para el ciudadano porque la cooficialidad de las distintas lenguas se estableció precisamente para ampliar su campo de libertad y en su propio beneficio".

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El Defensor del Pueblo critica el uso "excluyente" de la lengua

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