_
_
_
_
_

Segunda condena de cuatro años de prisión contra Josep Puigneró por delito ecológico

El juzgado de lo penal único de Manresa (Bages) condenó ayer al empresario Josep Puigneró a cuatro años y dos meses de prisión y una multa de siete millones y medio de pesetas por delito ecológico por verter aguas contaminantes procedentes de su empresa textil, Hilados y Tejidos Puigneró, situada en Sant Bartomeu del Grau (Osona). El abogado del empresario anunció ayer que recurrirá la sentencia ante la Audiencia de Barcelona, por lo que, mientras no sea firme, Puigneró eludirá la cárcel, donde ya cumplió una condena idéntica a ésta por vertidos anteriores.

Puigneró fue el primer empresario de España en entrar en la cárcel para cumplir condena por delito ecológico. La Audiencia de Barcelona le condenó en 1995 a cuatro años y dos meses de prisión por vertidos contaminantes cometidos entre 1990 y septiembre de 1993; el Tribunal Supremo ratificó luego esa pena. El juez de Manresa ha condenado ahora a Puigneró por vertidos realizados entre julio de 1994 y febrero de 1995, en un procedimiento iniciado tras la querella que presentó contra él la fiscalía. Al margen de estas condenas, un juzgado de instrucción de Vic tramita una tercera causa contra Puigneró por vertidos efectuados entre 1997 y 1998. En la sentencia que se hizo pública ayer, el juez considera que los vertidos se realizaban desde la depuradora físico-química de la empresa hasta la riera de la Tota, que desemboca en el río Sorreig y éste, en el Ter. El juez considera que estas aguas superaban muy ampliamente los límites de contaminación permitidos y que suponían un "peligro concreto y grave" para las personas, pues después del punto en el que se vertían se realizaban captaciones que abastecían a municipios y granjas de la zona y también se utilizaban para el regadío. La vida acuática El juez explica que antes existía vida acuática, que no sólo desapareció después debido a los vertidos, sino que éstos impiden la regeneración del río. La sentencia considera que Puigneró actuó con un plan preconcebido para deshacerse de "las aguas residuales indebidamente depuradas". El magistrado explica que la empresa obtuvo el 12 de marzo de 1993 una autorización provisional de la Junta de Saneamiento de la Generalitat para realizar los vertidos, pero que no respetó en absoluto los límites de concentraciones contaminantes establecidos en la ley, por lo que le aplica la agravante de clandestinidad. Esa autorización le fue retirada a la empresa el 12 de diciembre de 1994, al incumplir la empresa el calendario fijado en aplicación del plan de descontaminación gradual y por no poner en marcha una balsa al aire libre en la que han de depurarse las aguas antes de verterse. Pese a ello, explica la sentencia, siguieron produciéndose vertidos contaminantes, como se demostró en las muestras que obtuvo la policía judicial el 15 de febrero de 1995. Pau Molins Amat, defensor de Puigneró en esta causa, calificó ayer de "absolutamente injusta" la sentencia y afirmó que "el juez la ha calcado de la primera", por la que se le impuso la misma pena. El abogado considera que, cuando ocurrieron los hechos ahora sentenciados, Puigneró ya había empezado a aplicar medidas en su empresa, como la instalación de una depuradora biológica en 1996 y el hecho que de que, en las vísperas del juicio, el empresario firmase un convenio de colaboración con la organización ecologista Grup de Defensa del Ter en el que se comprometía a reducir los vertidos contaminantes y a optimizar los recursos hídricos. Por ello, el letrado del empresario criticó que el juez no valore esa conducta y no aplique la atenuante de arrepentimiento espontáneo. El juez asegura que esas conductas se produjeron después de que el empresario conociese las actuaciones que estaba realizando la fiscalía y la Guardia Civil y que han desembocado en esta sentencia. Albert Puigneró, sobrino del empresario, declaró durante el juicio que él era el responsable de la depuradora que tenía entonces la empresa, pero el juez precisa que Josep Puigneró no se desentendía "en absoluto" de la industria, de la que es administrador único, y que "estaba obligado a vigilar no sólo la actividad de los vertidos, sino a adoptar los medios para que éstos se situaran en los límites establecidos". El portavoz de Iniciativa-Verds, Jordi Guillot, aseguró ayer, tras conocer la resolución judicial, que ésta es también una condena contra la Generalitat, que hasta ahora "ha justificado" al empresario.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_