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REVISIÓN JUDICIAL DEL CÓDIGO PENAL Y EL JURADO

El jurado se normaliza, pero la ley debe reformarse

Las conclusiones del informe de la Comisión de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -de 96 folios, excluídos los anexos- aprecian una tendencia a la "normalización en la aplicación de la Ley del Tribunal del Jurado". Tanto los jueces como los ciudadanos han contribuído, según este análisis, a dicha normalización, pero las dificultades susbsisten, sobre todo por deficiencias observadas en la ley, cuya reforma se solicita.Entre otras reformas necesarias, el CGPJ considera conveniente que se regule de una forma detallada los momentos, formas y límites de la conformidad del acusado con la pena que se solicita para él, que impide la celebración del juicio. El informe señala que la atribución al jurado de los delitos de allanamiento de morada, omisión del deber de socorro, amenazas, incendio forestal o contra la Administración "está provocando un significativo incremento de la conformidad previa, en unos casos, y en otros la actuación de mecanismos procesales para evitar la intervención de dicho tribunal".

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Doctrina del Supremo

El informe del CGPJ estudia la doctrina del Tribunal Supremo hasta marzo de 1998, que evidencia que los problemas básicos en la aplicación de la ley se encuentran en la redacción del objeto del veredicto, en su motivación y en la utilización de las facultades de devolución del mismo por parte del magistrado-presidente al tribunal del jurado.El CGPJ cree necesario "algún tipo de especialización" de los magistrados llamados a presidir los juicios con jurado, a fin de conseguir la experiencia necesaria para una unificación procesal y mayor seguridad jurídica.

Además, el CGPJ anuncia su decisión de continuar realizando actividades destinadas a la divulgación y conocimiento de la aplicación de la ley, para permitir que los jueces instructores y los magistrados-presidentes "adopten pautas de conducta uniformes a la hora de resolver los problemas interpretativos y prácticos".

Los tribunales del jurado sólo emitieron veredictos absolutorios en una de cada cinco causas que enjuiciaron entre el 1 de abril de 1997 y el 31 de marzo de 1998, lo que supone un descenso importante respecto a las dictadas el año anterior. También es ligeramente inferior dicha proporción de absoluciones de las que deciden los jueces profesionales en las audiencias provinciales.

De las 123 causas examinadas, el informe señala que sólo fueron "sorprendentes" los veredicots en nueve de ellas, lo que representa un 7,3%, mientras que el informe anterior la proporción fue del 15,38%.

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