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El juez cree que Gil desvió dinero público al Atlético para que no bajase a Segunda B

El Atlético de Madrid carecía en 1993 del patrimonio neto necesario para poder formar parte de la Liga de Fútbol Profesional, por lo que estaba abocado a descender a la Segunda División B. Según el juez Santiago Torres, éste fue el móvil por el que el alcalde de Marbella (Málaga) y presidente del club, Jesús Gil, realizó "maniobras contables" para desviar 450 millones de pesetas de las arcas municipales a la sociedad deportiva. Por ello le imputa los presuntos delitos de malversación y falsedad documental y contable.

El juez Santiago Torres ha confirmado la responsabilidad civil del caso en 1.200 millones de pesetas, decisión contra la que el equipo de abogados de Jesús Gil redactó ayer recurso de queja ante la Audiencia de Málaga. En los razonamientos jurídicos del auto de ratificación, dictado el día 7, Torres hace una detallada descripción de los hechos por los que mantiene imputados a Gil y otras ocho personas más.La tesis del instructor es que durante las temporadas 1991-92 y 1992-93 los jugadores del Atlético de Madrid lucieron en sus camisetas publicidad de Marbella de forma gratuita y que los contratos existentes son ficticios y se realizaron después de terminada la segunda de ellas para dar cobertura legal a los pagos realizados por el Ayuntamiento. De hecho, no fue hasta 1995 cuando se incluyeron en la contabilidad municipal y con la advertencia del interventor de que no existía ningún antecedente del expediente en los archivos para el reconocimiento de la deuda.

Siempre según el relato de Torres, en junio de 1993 una auditoría realizada por CGN Auditores desveló que el neto patrimonial del Atlético de Madrid no llegaba al 50% del capital social del club, que era el mínimo exigido por la comisión mixta de transformación de los clubes en sociedades anónimas deportivas. El capital social del Atlético era de 2.062 millones de pesetas y su patrimonio neto no llegaba a los 700 millones. La diferencia, hasta los 1.031 millones precisos, viene a coincidir con la cantidad en la que se estipuló el precio de la publicidad de Marbella en las camisetas: 450 millones.

El magistrado asevera que en julio de 1993 una persona del club, presumiblemente el director general, Miguel Ángel Gil Marín, hijo del presidente, entregó al auditor copias de los contratos, de los que hasta ese momento no había constancia ni en el club, ni en el Ayuntamiento, ni en el Consejo Superior de Deportes. Ello, concluye Torres, "refuerza la apariencia de que tales contratos no son sino el soporte ficticio que pretendió dar cobertura a una maniobra contable que permitiera al club evitar la pérdida del carácter profesional y su descenso a la Segunda División B".

Prueba grafística

No obstante, el juez reconoce la provisionalidad de los indicios "a falta del resultado de la pericial grafística encomendada". Esta prueba ha sido solicitada por la defensa de Gil para determinar la antigüedad de los contratos y puede tener un valor concluyente, ya que la presunta falsedad de los mismos constituye el principal argumento del fiscal y el juez para sostener las imputaciones contra Gil.La defensa de Gil considera que el fundamento de la supuesta falsedad de los contratos es una "incuestionable arbitrariedad, tan sólo orientada a construir apodícticamente una tesis acusatoria". En el recurso redactado ayer, el equipo que dirige el abogado Horacio Oliva sostiene que habría sido "prudente" esperar al resultado de la prueba caligráfica "antes" de montar los indicios "en base a unas conjeturas que nunca van a ser corroboradas en la práctica".

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También critica la defensa el pormenorizado relato del juez en el auto de desestimación del recurso por la fianza civil y se pregunta cómo, si tiene tan claro el devenir de los hechos, dicta dos días antes otro auto en el que dispone que la policía investigue las cuentas de los nueve imputados.

También argumenta la defensa que la Ley del Deporte no contempla el descenso de categoría para el club que no disponga de un neto patrimonial equivalente al 50% de su capital social.

La defensa argumenta que es "notorio y obvio" que el objeto de los contratos, la publicidad en las camisetas, se cumplió y asevera que demostrará que se firmaron en la fecha que consta en ellos.

De otro lado, la defensa sostiene que es "imposible" propugnar que existió delito de malversación porque no hay una Administración perjudicada. Para ello se remite a un acuerdo aprobado en el pleno municipal marbellí el pasado 24 de marzo en el que se declara que "no ha existido ningún perjuicio para el Ayuntamiento de Marbella por la celebración de los referidos contratos de sponsorización" y que el consistorio "no tiene nada que reclamar".

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