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La Ley de TV sin Fronteras refuerza el poder del Gobierno sobre la televisión

CiU acusa a PP y PSOE de no querer una autoridad independiente

Los cambios en la Ley de Televisión sin Fronteras, actualmente tramitados por las Cortes, elevan la cuantía de las multas que puede imponer el Gobierno y le conceden la posibilidad de suspender o revocar licencias de emisión por motivos de programación, posibilidad esta última no contemplada en la norma aún vigente, que data de 1994. También confiere ese poder a las autonomías sobre las cadenas de sus ámbitos.

La ley de Televisión Privada ya prevé sanciones por incumplimiento de condiciones fijadas a los accionistas y por otras cuestiones de carácter administrativo, incluso la extinción de la licencia de emisión. Y una parte de ese cuadro de sanciones fue extendido a la versión aún vigente de la Ley de Televisión sin Fronteras -excepto la cancelación de licencias de emisión- para cuestiones como sobrepasar los límites de publicidad y proteger a los menores frente a programas o escenas que puedan "perjudicar seriamente el desarrollo físico, mental o moral", o introducir elementos de discriminación "por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social".Pero la programación de ese tipo de espacios puede acarrear la suspensión de la licencia de emisión, y hasta su revocación, según la nueva versión de la ley de Televisión sin Fronteras, ya aprobada por el Congreso y a falta de trámite en el Senado. Así lo prevé el apartado de sanciones para faltas muy graves.

El siguiente castigo, en orden decreciente, es el de la multa de 50 a 100 millones de pesetas. Se reserva al operador que ejerza "derechos exclusivos" adquiridos con posterioridad al 30 de julio de 1997, "de manera que restrinja los derechos de una parte sustancial del público de otro Estado miembro de la Unión Europea a su libre acceso, cuando hayan sido considerados de interés general en dicho Estado y reconocidos por la Comisión Europea".

También se amplían los asuntos que pueden ser considerados "falta grave", con multas de hasta 50 millones de pesetas para los reos de incumplimientos como éstos:

-No dedicar el 5% de los ingresos anuales a financiar cine o películas de televisión, o no reservar el 51% del tiempo de emisión a obras europeas.

-Quebrantar alguna de las limitaciones sobre publicidad, televenta o patrocinio.

-Incurrir en prácticas de contraprogramación; o no advertir, con señales ópticas y acústicas, de espacios cuyo contenido pueda ser perjudicial para los menores.

Los operadores de televisión que dispongan de licencia concedida por una autonomía se verán sometidos al mismo cuadro de sanciones, pero éstas correrán a cargo de las comunidades autónomas.

Bronca política

Queda fuera de este proyecto de ley la posibilidad de que la vigilancia y sanciones sea atribuido a un órgano autónomo respecto del Gobierno, como los Consejos de Medios Audiovisuales que existen en otros países y cuya creación en España, con carácter de órgano independiente, ha sido recomendada por el comisario audiovisual de la UE, Marcelino Oreja, según informa María José Díez de Tuesta, cuando los grupos parlamentarios intentan -hasta ahora sin éxito- un consenso al respecto.A este respecto, Lluis Recoder, el parlamentario de CiU que actúa como ponente en estos temas, niega que haya pacto alguno de su partido con el PP para retrasar el Consejo de Medios Audiovisuales y culpa a dicho partido y al PSOE de no querer crearlo en la actual legislatura, además de subrayar la contradicción de que esté a punto de promulgarse la ley de Televisión sin Fronteras sin que se haya aprobado un órgano independiente para aplicarla. La ponente del PP, Ana Mato, ha reaccionado pidiendo el apoyo de CiU para sacar adelante el consejo de acuerdo con el actual borrador, que atribuye al Gobierno el poder de nombrar a los miembros de ese consejo. A esto se oponen los socialistas.

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