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El Tribunal Europeo estudia los incentivos fiscales vascos

El Gobierno vasco y las diputaciones forales se pusieron la venda antes de la herida, anticipándola como un golpe a la soberanía tributaria vasca reconocida por el Concierto Económico. Sin embargo, el varapalo de la comisión no pone en entredicho la capacidad normativa del País Vasco en materia fiscal, como subrayaron el comisario Marcelino Oreja y el propio responsable de la Competencia, Karel van Miert. Éste precisó que no se ha cuestionado "la legalidad del régimen fiscal, sino una aplicación individual del mismo".Donde está en examen la capacidad soberana de los territorios forales para conceder beneficios fiscales a las empresas es en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJE) con sede en Luxemburgo. La corte europea está a punto de pronunciarse sobre una cuestión prejudicial (consulta) planteada en julio de 1997 por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación a un recurso presentado por el Gobierno central contra las medidas forales de apoyo a la inversión e impulso de la actividad económica aprobadas en 1993.

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Libre establecimiento

En la consulta, promovida por el ministerio fiscal, se pregunta si a juicio del Tribunal de Luxemburgo esta normativa vulnera los artículos 52 y 92 del Tratado de Roma, referidos a los principios de libre establecimiento y circulación de bienes y libre competencia, respectivamente. El motivo es que a estas ayudas fiscales sólo podían acogerse las empresas que tributaran de forma exclusiva a las haciendas forales o tuvieran en la comunidad autónoma su domicilio fiscal o realizaran en ella más del 25% de su volumen total de operaciones, excluyendo como "beneficiarios de dichas medidas a las demás personas físicas y jurídicas residentes en el propio Estado o en otro Estado miembro de la Comunidad Europea".

La inquietud de las diputaciones y del Gobierno vascos ante esta cuestión pendiente subió varios grados a principios de año, cuando se conoció que el informe del relator (ponente) del Tribunal de Justicia europeo era desfavorable a las tesis vascas. Un pronunciamiento contrario supondría una grave limitación a la capacidad de las haciendas forales para establecer incentivos a la inversión, como han hecho hasta ahora.

Sus iniciativas, en casi todos los casos, han dado lugar a impugnaciones ante los tribunales por parte del Gobierno central o los de las comunidades autónomas limítrofes, por considerar que rompían la unidad de mercado. Pero en todos los litigios, excepto uno, las resoluciones judiciales han sido favorables a las haciendas vascas.

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