Hacienda creará el Defensor del Contribuyente para investigar quejas
Los contribuyentes tendrán un valedor en la Administración regional cuando consideren que se producen "retrasos o anomalías en el funcionamiento de los servicios tributarios de la Comunidad". Recibirá el nombre oficial de Defensor del Contribuyente, y el cargo será desempeñado por un funcionario de carrera. La Consejería de Hacienda quiere dar así cumplimiento a una resolución de la Asamblea de Madrid que el pasado septiembre instó al Gobierno a crear esta figura.
Entre las labores del nuevo órgano administrativo se encuentran atender las quejas de los ciudadanos, recabar la información necesaria para formular propuestas de resolución y elaborar una memoria anual que evite la reiteración fundada de reclamaciones. Según el borrador del decreto de creación del Defensor del Contribuyente, "las propuestas de resolución se formularán en un plazo inferior a los 15 días, con el fin de ofrecer una respuesta más transparente, ágil y eficaz a los madrileños".
Sin recurso posible
La Consejería de Hacienda pondrá a disposición de los interesados las correspondientes hojas de reclamaciones en las oficinas tributarias de la Comunidad de Madrid. "Toda queja se presentará firmada por el afectado, con indicación de su nombre, apellidos y domicilio, en escrito razonado", según se lee en el decreto, "en el plazo máximo de un año, a partir del momento en que se tenga conocimientos de los hechos". Estas quejas, no obstante, "no tendrán en ningún caso la consideración de recurso administrativo, ni su interposición paralizará o interrumpirá los plazos establecidos en la legislación vigente para la tramitación y resolución de los correspondientes procedimientos". Las contestaciones del Defensor del Contribuyente no serán susceptibles de recurso. Cuando la queja sea entregada en los servicios tributarios de la Comunidad, "el Defensor del Contribuyente se pondrá en contacto con el interesado, en un plazo inferior a las 48 horas, por teléfono o por escrito, comunicándole la recepción de la reclamación y la ampliación de los datos que estime pertinentes".
Se rechazarán las quejas que sean anónimas, así como todas aquellas donde se advierta "mala fe" o "carencia de fundamento". Todos los poderes públicos quedan "obligados a colaborar con carácter preferente y urgente" en el desarrollo de las investigaciones e inspecciones de esta nueva figura administrativa. De hecho, "el Defensor, o la persona en quien delegue, podrá personarse en cualquier dependencia pública, relativa a la comprobación o investigación, para verificar cuantos datos fuera menester, hasta realizar entrevistas personales pertinentes o proceder al estudio de los expedientes y documentación necesaria".
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