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El Concierto Económico vasco, pendiente de una decisión del Tribunal de Justicia de la UE

El miedo sobre el futuro del Concierto ha empezado a recorrer el País Vasco. Junto al expediente por las ayudas concedidas a la multinacional coreana Daewoo, examinadas por la Comisión Europea, las tres haciendas forales y el Gobierno vasco tienen abierto otro frente en Bruselas, en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco planteó en julio de 1997 una cuestión prejudicial (una consulta) a la corte europea para aclarar si las medidas de apoyo a la inversión e impulso de la actividad económica de julio de 1993, que recogían, entre otras cuestiones, las vacaciones fiscales, vulneran el principio de libre establecimiento que prevé el Tratado de Roma.

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La inquietud reinante entre los responsables de las haciendas vascas se produce porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, estaría a punto de plantearse la vista que resuelve la cuestión. La decisión del tribunal será la primera de un órgano judicial de la UE concerniente a las potestades del Concierto. Hasta ahora, todos los asuntos sobre incentivos fiscales y ayudas a la inversión sólo habían llegado a la Comisión Europea fruto de expedientes similares al que está abierto por el caso Daewoo. Si bien siempre se había logrado que el comisario europeo de la competencia asegurara que las medidas no son contrarias al artículo 52 del tratado, ahora las cosas parecen estar más complicadas. El nuevo consejero de Industria, Josu Jon Imaz, acudió la pasada semana a Bruselas para intentar frenar el informe negativo que la Comisión prepara sobre las ayudas a la multinacional surcoerana. Por otro lado, el Gobierno vasco y las diputaciones forales, pese a saber que la Abogacía del Estado siempre ha actuado defendiendo el Concierto fuera de los límites del Estado, quieren que el Estado les deje participar en la defensa de sus intereses. Las normas forales fruto del contencioso fueron recurridas por la Administración del Estado por entender que vulneraba tanto el propio Concierto Económico como el Tratado Constitutivo de la CE. De hecho, fue esta posibilidad de que se vulnerasen normas de derecho europeo, la que llevó al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a plantear una consulta al Tribunal de Luxemburgo. En las alegaciones previas a la consulta, sólamente el Ministerio Fiscal fue partidario de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo. Contraria La Abogacía del Estado, pese a haber sido la que en el recurso apuntara la vulneración de la norma comunitaria, se declaró contraria a presentar la cuestión prejudicial. Mientras, el proceso sobre el fondo de la cuestión en el Tribunal Superior de Justicia se encuentra parado hasta que se resuelva la cuestión. Es en este marco en el que los responsables de las tres haciendas han hecho un llamamiento a la defensa de la soberanía fiscal y el Concierto Económico. Una campaña que inició el diputado general de Vizcaya, Josu Bergara, el pasado 14 de enero al declarar que las diputaciones se declararían "insumisas" si las autoridades españolas y europeas intentaban socavar su soberanía fiscal, y que continuaron el resto de los responsables fiscales, del lehendakari, Juan José Ibarretxe, a los diputados de Hacienda. La cuestión prejudicial, origen de los desvelos, plantea si los artículos 52 y 92 del Tratado de Roma deben ser interpretados contrarios a que "una reglamentación afectante a un territorio, perteneciente a una comunidad autónoma de un Estado miembro, relativa a medidas fiscales urgentes de apoyo a la inversión e impulso de la actividad económica, a las que pueden acogerse los sujetos pasivos que tributen exclusivamente a la Hacienda Foral de dicho territorio o tengan su domicilio fiscal o realicen en él la proporción mayor del volumen de sus operaciones o tengan domicilio fiscal en tal territorio y el volumen de sus operaciones realizado en la comunidad autónoma en el ejercicio anterior sea superior al 25% del total volumen de sus operaciones, y no incluye entre los beneficiarios de dichas medidas a las demás personas físicas y jurídicas residentes en el propio estado o en otro Estado miembro de la Comunidad Europea". Esta cuestión prejudicial puede ser la primera de una serie. El Tribunal Superior de Justicia tiene en sus manos otro recurso, planteado por la comunidad autónoma de La Rioja, a una norma de incentivos fiscales de 1998 de la Diputación Foral de Vizcaya en la que ya se ha planteado la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo por la vulneración del principio de la libre circulación de capitales y libre establecimiento. El planteamiento definitivo de la cuestión prejudicial está pendiente de que se resuelva la cuestión de la legitimación de La Rioja para plantear el recurso.

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