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Enmienda socialista para que sólo jueces profesionales juzguen los malos tratos

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado una enmienda en el Congreso de los Diputados para que las denuncias por malos tratos sean competencia exclusivamente de los jueces profesionales. Una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por el Congreso el pasado octubre autoriza a los juzgados a derivar a los jueces de paz las denuncias por amenazas, malos tratos de palabra, coacciones, injurias y vejaciones contempladas en el artículo 620 del Código Penal.

Esa modificación, tramitada a propuesta del Partido Popular como una medida orientada a descongestionar los juzgados, salió adelante con los votos favorables de la oposición. El grupo socialista considera ahora "un error" la inclusión del 620 entre los artículos que pasan a competencia de los jueces de paz. Un estudio de la Asociación de Mujeres Juristas Themis conocido en noviembre reveló que ese artículo se aplica en la mayoría de los procesos por malos tratos.

El PSOE ha aprovechado la tramitación parlamentaria de las modificaciones del Código Penal propuestas por el Gobierno en su plan de acción contra la violencia doméstica para presentar la enmienda y "corregir el error". En la exposición de motivos de la misma argumentan que "la modificación del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuyó la competencia para conocer de las faltas previstas en el artículo 620 del Código Penal a los jueces de paz. Dada la especialización que venimos demandando de los jueces en estas materias, resulta conveniente atribuir la competencia a un juez profesional".

Mayor indefensión

La Asociación de Mujeres Juristas Themis alertó a los grupos parlamentarios de los riesgos que comporta que los jueces de paz sean competentes con respecto a los malos tratos. "Esa medida es absolutamente trascendente en el tratamiento institucional de la violencia contra las mujeres e incrementa su indefensión, pues son numerosísimos los procedimientos de violencia doméstica que terminan con sentencias del artículo 620", afirma ese colectivo en un comunicado difundido al entrar en vigor la medida."Dejar el enjuiciamiento de estas faltas a personas profanas en derecho tiene como consecuencia que el legislador ha dado la misma consideración a las amenazas, coacciones y vejaciones que al deslucimiento de bienes inmuebles, abandono de jeringuillas y el maltrato a los animales", continua Themis. El comunicado pide que se rectifique "tamaño error".

La directora del Instituto de la Mujer, Concha Dancausa, discrepa de esa opinión. "Un juez de paz es un hombre bueno, que en realidad lo que hace es mediar. A mí me consultaron la medida, me llamó el jefe de gabinete de la ministra de Justicia, y me pareció bien. No es una modificación sustancial", afirma Dancausa. El Instituto de la Mujer no informó oficialmente sobre el asunto.

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