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Defensa quiere que los jueces militares sean competentes en un mayor número de delitos

Miguel González

El Ministerio de Defensa quiere que los tribunales militares, que vieron drásticamente reducido su ámbito de jurisdicción con la entrada en vigor del Código Penal Militar de 1985, recuperen parte de sus competencias, asumiendo la investigación de algunos delitos que ahora indagan los jueces ordinarios, como los de narcotráfico en el interior de cuarteles o las agresiones entre militares del mismo empleo. Así se deduce del borrador del Código Penal Militar, que se pretendía tramitar con la nueva ley disciplinaria castrense, pero ha quedado aparcado hasta la próxima legislatura.

El nuevo Código Penal Militar es una de las asignaturas pendientes de Defensa, ya que es presiso adaptarlo al vigente Código Penal común, de noviembre de 1995, al nuevo modelo de Fuerzas Armadas totalmente profesionales y a la ley disciplinaria castrense, publicada el pasado jueves en el BOE.El propósito era que la reforma del Código Penal Militar se hiciera en paralelo o inmediatamente después de la ley disciplinaria, pues ambos textos están relacionados, pero las prioridades legislativas han pospuesto su tramitación y fuentes de Defensa admiten que no verá la luz hasta la próxima legislatura.

El Código Penal Militar de 1985 supuso una drástica reducción de las competencias que atribuía a la jurisdicción castrense la ley de 1945, para limitarla a los delitos específicamente militares. El borrador elaborado por Defensa mantiene este principio, pero amplía el campo de actuación de los tribunales militares, por considerar excesivo el recorte practicado entonces.

En concreto, atribuye a la jurisdicción castrense la competencia sobre los "delitos contra la salud pública cometidos en lugar militar". Estos delitos competen actualmente a los jueces ordinarios, que intervienen en el interior de los cuarteles para investigarlos.

También otorga a los jueces militares la competencia para juzgar los delitos de agresiones, trato degradante e inhumano o atentado contra la libertad sexual cometidos entre militares del mismo empleo. El código vigente sólo tipifica estas conductas cuando existe relación jerárquica entre agresor y víctima, lo que deja fuera las denominadas novatadas.

El proyecto simplifica notablemente el texto de 1985, al remitirse en muchos delitos al código común, incrementando la pena prevista. Así, la revelación de secretos se castigará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 598 a 603 del Código Penal ordinario, pero aplicando "la pena superior en grado" cuando el autor sea un militar. Eso quiere decir que los siete años de cárcel a los que fue condenado el coronel Perote por el robo de los papeles del Cesid quedarían como máximo en seis. El delito de maltrato de obra a inferior con resultado de muerte, por el que el sargento Miravete ha sido condenado a 15 años de cárcel, desaparece en el borrador al que ha tenido acceso EL PAÍS, manteniéndose en cambio los delitos de maltrato de obra a inferior, penado con hasta cinco años de prisión, e imprudencia grave con resultado de muerte, castigado con las penas previstas en el Código Penal común -hasta cuatro años de cárcel- pero incrementadas en un quinto.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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