Los colegios médicos cobran indebidamente cientos de millones al año por certificados
Los precios no deberían superar las 200 pesetas, pero llegan a 2.000 en algunas provincias
Las personas que necesitan un certificado médico para presentarlo en la guardería, la escuela o la universidad, o para obtener ciertos títulos, viajar a ciertos países y tramitar una fe de vida, entre otras muchas situaciones, deben empezar por pagar entre 348 y 2.000 pesetas por un impreso que distribuye el colegio oficial de médicos de su provincia. Un dictamen del Consejo de Estado y tres sentencias del Supremo establecen con toda claridad que esos precios no deberían reflejar más que los costes de "edición y distribución del impreso", lo que en ningún caso debería suponer más de 100 o 200 pesetas. Los colegios ingresan cientos de millones anuales por ese sobrecoste indebido.
El mismo dictamen del Consejo de Estado, del 12 de enero de 1984, establece que "el Consejo General de Colegios Médicos no está habilitado para establecer dichos importes libremente y sin control administrativo" e insiste en que la normativa jurídica "obliga a considerar el importe de los certificados médicos como un precio del impreso que se adquiere".Los precios en cuestión afectan a la mera adquisición del impreso. Los costes de las pruebas médicas que se requieran luego para cumplimentar el certificado deberían ser independientes. Pero cada colegio provincial ha encontrado un modo, más o menos gravoso e imaginativo, de incrementar los costes de los impresos por encima de lo que les permite la norma.
Por ejemplo, el colegio oficial de Valladolid cobra 1.548 pesetas por el impreso y aclara en una etiqueta o taloncillo pegado al formulario: "El precio del presente talón comprende los honorarios profesionales por certificación establecidos por el Colegio Oficial de Médicos de la provincia de Valladolid, así como el impreso oficial, y no incluye los honorarios que el médico libremente establezca por las exploraciones complementarias que deba realizar para la veracidad de la certificación".
Los honorarios de exploración, efectivamente, no están incluidos en el precio. Pero tampoco deberían estarlo esos otros "honorarios profesionales por certificación", que ningún colegio está legitimado para imponer: los colegios sólo deberían cobrar el coste del impreso.
El real decreto de 1980 que regula los estatutos colegiales lo hace explícito: "La expedición de los certificados es gratuita por parte de los médicos, pero estos percibirán, cuando proceda, los honorarios que se fijen libremente por los actos médicos y restantes operaciones que tengan que efectuar para extenderlos". Algunos colegios provinciales revierten parte del coste del impreso al médico en concepto de honorarios, o incluso utilizan parte del coste del impreso para cobrar sus cuotas al facultativo.
La fórmula del taloncillo pegado al impreso se repite con notable pertinacia en muchas otras provincias. Los precios y las justificaciones, sin embargo, muestran una amplia diversidad de cuantías y conceptos.
Honorarios diversos
Así, el colegio de Sevilla (848 pesetas) apela al "porcentaje de honorarios mínimos profesionales". El de Ciudad Real (2.000 pesetas), a la "participación del Consejo, de los Patronatos de Viudas y Huérfanos" y al "reconocimiento de firma", entre otras nociones.El concepto de "honorarios mínimos profesionales" o sus variantes de "honorarios por reconocimiento previo", "honorarios por certificación" u otras similares figuran también en los ejemplares de Cantabria (2.000 pesetas), Córdoba (1.548 pesetas), Girona (1.500 pesetas), Salamanca (1.500 pesetas), Zamora (1.545 pesetas), Zaragoza (1.900 pesetas) y otras provincias.
Ninguno de estos colegios está legitimado para cobrar esos "honorarios", que no tienen nada que ver con lo que luego cobra el médico por la exploración y el diagnóstico. El citado dictamen del Consejo de Estado especifica: "Debe descartarse radicalmente que el importe del impreso pueda imputarse a la retribución de la actividad facultativa desarrollada por el profesional médico que expide las certificaciones".
Por estas razones, el abogado madrileño José Ignacio Corman ha presentado, a instancias de un particular, una querella por exacción ilegal, desobediencia y delito fiscal contra los responsables del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España y contra cada uno de los colegios provinciales.
Tres sentencias del Tribunal Supremo han coincidido, con posterioridad al dictamen del Consejo de Estado, en señalar la falta de competencia de los colegios médicos provinciales, y también del consejo general de colegios médicos, para imponer precios que no hayan sido autorizados previamente por la Administración. El Ministerio de Sanidad no ha autorizado nada semejante.
El problema no afecta a los certificados para el permiso de conducir ni al de licencia de armas, que actualmente no tienen que ser editados necesariamente por los colegios médicos. Pero sí afecta a los certificados médicos llamados "ordinarios", requeridos en innumerables situaciones, y también a los certificados médicos de defunción, a los de enfermos psíquicos, y a las actas de exhumación.
José Javier Tobajas, secretario general del Colegio de Médicos de Zaragoza, que cobra 1.900 pesetas a los pacientes por estos certificados, señala que "los médicos se llevan 900 pesetas y el resto del dinero se va en pagar el impreso del certificado [alrededor de 350 pesetas] y lo que sobra suele revertir en los fondos sociales de compensación de viudas y huérfanos que tienen muchos colegios".
Casos similares son los de colegios de médicos de Cantabria y de Ciudad Real, que cobran 2.000 pesetas por certificado, los médicos se llevan 1.000 y lo que resta se va en los gastos del impreso y para el patronato de huérfanos, según los portavoces de estas instituciones.
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