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Anulada parte de la ley que deja decidir al Gobierno vasco si acepta o no normas territoriales del Estado

El Constitucional suspende además cinco preceptos de la ley vasca de medio ambiente

Dos resoluciones adversas para el Gobierno vasco y una favorable a él notificó ayer el Tribunal Constitucional. La primera de ellas es una sentencia que anula dos preceptos de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, de 1990, que atribuyen a la discrecional decisión del Ejecutivo autónomo la modificación o no de la ordenación territorial decidida por el Estado. Otra resolución suspende varios preceptos de la ley de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, aprobada en febrero de este año y recurrida por el presidente del Gobierno. En cambio, una sentencia del órgano máximo intérprete de la Constitución declara que es competencia de la comunidad autónoma del País Vasco la concesión o denegación de ayudas para la modernización de buques pesqueros de dicha comunidad.El Tribunal Constitucional, para anular dos preceptos de la ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, razona que dichos preceptos vulneran el orden constitucional de competencias, "ya que atribuye a la discrecional decisión del Gobierno vasco la introducción o no de rectificaciones en los instrumentos de ordenación territorial derivadas de las decisiones adoptadas por el Estado en el ejercicio de sus competencias".

Cooperación

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Jiménez de Parga, considera "necesario insistir, una vez más, en orden a una adecuada articulación de las competencias autonómicas sobre la ordenación del territorio y de las competencias estatales sectoriales que afecten al uso del territorio, en el establecimiento de fórmulas de cooperación, que resultan especialmente necesarias en estos supuestos de concurrencia de títulos competenciales".La suspensión de la vigencia de varios preceptos de la ley vasca de Protección del Medio Ambiente, mientras se resuelve el recurso promovido contra dicha ley por José María Aznar, afecta, entre otras materias, al órgano autonómico encargado de la declaración de impacto ambiental; a la evaluación individualizada de impacto ambiental, y a la competencia autonómica para resolver las discrepancias, informa Isabel Martínez desde Bilbao.

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