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Los patrones de la cárnica L"Agudana, condenados a un año y medio de prisión

El fraude descubierto hace cinco años en la empresa cárnica L"Agudana, de Cervera (Segarra), se ha cerrado judicialmente con la mínima sanción posible para sus responsables, los hermanos Josep, Antoni y Ramon Garriga Zafrilla, a quienes el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Lleida ha condenado a penas de un año y seis meses de prisión y multas de 75,8 millones de pesetas a cada uno como autores de un delito contra la hacienda pública.

La sentencia considera probado que entre 1989 y 1991 los dueños de L"Agudana, empresa dedicada a la fabricación de embutidos y conservas cárnicas, realizaron parte de sus operaciones mercantiles de compra venta sin reflejo en la contabilidad oficial de la empresa, lo que les permitió evadir varios pagos del IVA. Esta ocultación generó a la empresa un volumen de negocio en dinero negro de unos 1.000 millones de pesetas anuales. Para lograr su objetivo, los hermanos Garriga elaboraron un sistema de facturas extra y un programa de anotación informático con el que obtenían listados de la facturación que guardaban en archivadores en un trastero de la empresa. Tanto las facturas de venta como las de compra no cumplían las exigencias legales y en ellas no se repercutía el IVA correspondiente. Dichas cantidades tampoco fueron declaradas en el impuesto de sociedades. Pese a ello, los acusados han sido absueltos del delito continuado de doble contabilidad. La pena impuesta por el juez a los hermanos Garriga es muy inferior a la solicitada en la vista oral por el fiscal. Éste reclamó para cada uno de ellos un año y seis meses de prisión, una multa de 200 millones de pesetas y una indemnización conjunta para Hacienda de 167,4 millones. Los acusados, que reconocieron haber defraudado un mínimo de 15 millones de pesetas, aceptaron la pena de cárcel, pero discreparon sobre la cuota del IVA defraudada por los gestores de L"Agudana. El fallo se basa en los informes periciales de las defensas, que cifraron el fraude en 76.290.117 pesetas. La defensa de los hermanos Garriga afirmó en el juicio que la implantación del IVA en sus inicios fue mal recibida en el sector cárnico y ganadero, por lo que para desarrollar la actividad empresarial se veían obligados a defraudar al fisco. Precisamente el juez se ha basado en esta argumentación para justificar la condena civil subsidiaria de la empresa porque fue la que se benefició de una actividad ilícita. UGT, acusador particular El magistrado responde al sindicato UGT, personado como acusador particular, cuando señala que las consecuencias sociolaborales de una sentencia no pueden imputarse al juez, sino a los responsables de la empresa. La sentencia señala que la responsabilidad civil dimanante del delito se traslada a la firma para evitar que sea la misma "empresa la que de forma subsidiaria afronte el problema económico con una posible quiebra, máxime cuando ya ha superado con éxito un expediente de suspensión de pagos". Además, el juez condena a UGT a pagar los costes procesales derivados de su actuación.

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