_
_
_
_
_

La familia de Sampedro podrá 'heredar' su recurso de amparo ante el Constitucional

El fiscal informó en contra de la demanda, pendiente de sentencia desde hace un año

El recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional en diciembre de 1996 por Ramón Sampedro, el tetrapléjico fallecido el 12 de enero último, contra las resoluciones judiciales que le negaron el derecho a una muerte digna y a la impunidad de quienes le ayudaran a lograrla podrá ser asumido por sus familiares. El recurso, pendiente de deliberación y fallo en la Sala Primera del Tribunal Constitucional desde hace casi un año e informado desfavorablemente por el fiscal, terminará en sentencia si algún familiar lo asume, según fuentes jurídicas.

Más información
La estela del testamento

La petición de amparo de Sampedro, presentada por el procurador Enrique Sorribes y elaborada por el letrado Jorge Arroyo, consistía en que hiciera lo que no habían hecho los jueces: autorizar que el médico de cabecera le suministrara "los medicamentos necesarios ( ... ), sin que ello pueda ser considerado, desde el punto de vista penal, como ayuda al suicidio".El recurso, admitido a trámite en enero de 1997, siguió su tramitación hasta abril último, en que quedó para deliberación y fallo. El recurso de Sampedro, que ya tenía señalado ponente -el magistrado Pablo García Manzano- es uno de los aproximadamente 4.000 asuntos pendientes de decisión en el Constitucional. La muerte del recurrente podría producir el desistimiento de la demanda. Sin embargo, según fuentes jurídicas, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece medidas al respecto.

El artículo 9 de la mencionada ley procesal civil dispone que cuando fallece el recurrente, si su procurador no presenta ante el órgano judicial un nuevo poder de los herederos, "acordará el juez o tribuna que se les cite para que dentro del plazo que les fijará se personen en los autos". Sólo si sus familiares desistieran podría darse por desistido el recurso, informaron las fuentes jurídicas antes citadas.

Una de ellas, el letrado José Luis Mazón, especializado en derechos humanos, negó que pueda darse por desistido el recurso de amparo, dado el interés general de que el Constitucional se pronuncie sobre la eutanasia. Mazón opina que, incluso si ningún familiar lo asumiera, debería reactivarse en caso de que alguien fuera condenado por la muerte de Sampedro.

Uno de los últimos trámites del recurso de amparo fue el informe desfavorable del Ministerio Fiscal, firmado el 10 de abril de 1997 por el fiscal Anselmo Sánchez-Tembleque. Aunque reconocía que los argumentos de la demanda de amparo eran "filosóficamente admisibles y humanamente comprensibles ", "no pueden ser admitidos" jurídicamente, aseguraba.

La respuesta de Sampedro está en escritos como los contenidos en su libro Cartas desde el infierno, editado, por Planeta. En la carta dirigida a los "señores jueces", Sampedro les pide que defiendan "la conciencia individual" antes que al Estado, y les advierte: "Si el juez se dedica a aplicar códigos es un fanático fundamentalista que, obviamente, está de una parte". En cambio, declara que "con una sentencia favorable, tal vez no se volviera a obligar a otro ser humano a sobrevivir como tetrapléjico cuando no fuese esa su voluntad".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_