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La devolución

El Gobierno ha acordado, según las noticias, proponer una ley para devolver o compensar a partidos políticos por los bienes incautados a los mismos por el régimen franquista; cierto que se incautaron, al parecer, para el erario público, y en él están todavía algunos de ellos; a otros se los llevó la trampa, o quién sabe si algún tramposo.La primera cuestión es la de la legitimación para recibir la devolución o la compensación. ¿Es una cuestión de justicia devolverle lo suyo al que ha sido injustamente despojado? Parece que sí, que es una proposición ética (y jurídica) elemental, que corresponde a la idea de justicia que suele presidir las relaciones humanas (o aparentarlo, al menos).

Pero las dudas surgen inmediatamente, si uno se pone a cavilar, si el destinatario de la devolución es una persona jurídica, que al fin y al cabo no es más que una ficción del derecho, lo que produce, y sobre todo si el tiempo transcurrido es largo, alguna perplejidad. Si se trata de una sociedad, ésta tenía, a su vez, unos dueños, éstos son los que al fin fueron despojados en su día, y tendrán unos sucesores que habrán sufrido las consecuencias económicas de aquel despojo. Pero, ¿quiénes son los dueños de la persona jurídica partido político? Desde luego había unos interesados, unos beneficiarios de las funciones que desempeñaban esos bienes. Pero encontrar una sucesión en la línea de los intereses o las personas afectadas, ya no es tan fácil.

La identidad de unas siglas no quiere decir siempre continuidad de intereses y realidades; es un caso excepcional, en este sentiido el PNV que, está donde estaba y representa lo que presentaba cuando fue despojado, pero no en todos los casos es así; y no se trata de identidad jurídica, sino social, de lo que las siglas representaban y representan, pues no puede haber tracto jurídico ininterrumpido cuando los partidos fueron suprimidos por ley. De los suprimidos, muchos efectivamente acabaron por desaparecer de la realidad social; y, si en algún caso han vuelto los nombres, no siempre se trata de una resurrección, sino de una creación ex novo.

Pero incluso cuando esa continuidad existe, conviene en algún momento poner tope temporal a la reparación de la injusticia histórica, en una solución general y amplia que considere todas las consecuencias económicas posibles y el debilitamiento temporal. de las razones de justicia.¿0 es que la desamortización de los bienes eclesiásticos, pongo por caso, puede ser todavía la causa de la dotación económica del clero, como lo fue, con razón, en el concordato de 185l? La Iglesia católica se proclama imperecedera, y hasta ahora ha dado pruebas de ello; y aún ahí hay que poner topes temporales a las reivindicaciones.

No es tan extraño que la compensación se centre en los partidos políticos, pues como son los efectivos dueños del dinero público, se imparten la justicia a sí mismos. Pero, más allá del coro de satisfacciones por tan justiciera medida, me parece, qué quieren ustedes, que la justicia bien entendida no empieza por uno mismo. Menos discutible es, en mi opinión, la compensación a las personas privadas que fueron sometidas a incautación, entre las que se encontraba, por cierto, algún que otro vasco prominente. Y creo que por ahí se debería empezar.

La segunda cuestión es quién debe devolver: el que se quedó con los bienes incautados; bien está que sea el erario público (todos nosotros), si éste fue el beneficiario. Pero en tales casos hay que distinguir el expolio sufrido de los daños causados por la guerra; la compensación de daños de guerra, personales o materiales, es otra cuestión, que ha recibido distintas soluciones parciales, o ninguna. Porque aquí no hay apropiación, sino pura destrucción; no podemos hacer, a estas alturas, discriminaciones de responsabilidad económica por grupos o personas herederas de quienes causaron los daños; tampoco sabemos quiénes fueron, en muchos casos, los causantes efectivos y no hay una razón de justicia elemental tan estricta en establecer compensaciones, a cargo de todos nosotros, en favor de los dañados por una guerra civil; no nos hemos beneficiado de ello como en el caso de las incautaciones. Lo que no quiere decir que no haya razones de otro tipo para compensar, en algunos casos.

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Parece que habría que aprovechar esta ocasión para liquidar las últimas consecuencias de las incautaciones; para todos, no sólo para los partidos políticos. Pero para liquidarlas; aquí sí que procede una ley de punto final. Hagamos una ley no sólo oportunista, sino oportuna.

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