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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Intimidad telefónica

EN UNA sociedad altamente informatizada como es la española, las exigencias de control de la información disponible sobre los ciudadanos en empresas e instituciones públicas deben ser muy rigurosas para garantizar el derecho a la intimidad de las personas. La Agencia de Protección de Datos (APD) anunció ayer su decisión de prohibir a Telefónica, con carácter provisional, la cesión de datos personales de sus clientes a empresas "filiales y participadas", con el claro objetivo de ser vendidos a terceras empresas "con fines de publicidad y marketing directo". Esta prohibición tajante es parte del procedimiento sancionador que la Agencia ha abierto a Telefónica a raíz de la circular que la empresa ha enviado a sus clientes durante el mes de diciembre, en la que se les informa de que sus datos personales podrán ser cedidos, "salvo sus instrucciones expresas en contrario". La APD entiende que la información facilitada por la compañía es insuficiente.La circular de Telefónica que origina la intervención de la APD pretendía cubrir aparentemente el requisito de autorización de los abonados para facilitar sus datos personales a otras empresas, tal como requiere la Ley Orgánica sobre el Tratamiento Automatizado de Datos. Pero su contenido, que concedía a los clientes un plazo inicial hasta el 1 de enero de 1998 para excluir sus nombres de los ficheros -ampliado posteriormente al 1de marzo- es criticable por perentorio y abusivo. En primer lugar, porque la autorización expresa no puede quedar satisfecha simplemente con el silencio de los babonados como parece implicar el "salvo sus instrucciones expresas en contrario". Una autorización en toda regla exige una aprobación directa del cliente; la que pretendía imponer Telefónica en su circular más parece una imposición en la que, faltaría más, se reserva el derecho del abonado a excluirse siempre y cuando realice el esfuerzo de negarse explícitamente.

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Pero es que además, como explica la propia Agencia, la circular de Telefónica, dictada a regañadientes para cubrir un trámite molesto, no informa a los afectados de aspectos decisivos tales como qué datos serán entregados a esas empresas filiales o participadas o qué posibilidad existe de revocar el consentimiento inicial, por citar dos ejemplos significativos. En opinión de la APD, tales carencias podrían suponer una infracción grave de la ley, y por ello se abre el expediente sancionador. Parece inadmisible que Telefónica se haya olvidado de cuestiones tan importantes como las citadas en su criticada solicitud de autorización; su departamento jurídico debería revisar las condiciones de extremo rigor y detalle que se suelen exigir en los casos de venta o alquiler de datos o ficheros de clientes.

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El hecho de que Telefónica quiera vender o alquilar, a través de sus filiales, datos públicos de sus clientes para obtener beneficios económicos añadidos no debería ser algo preocupante si lo hiciera cumpliendo escrupulosamente la ley. La exigencia de rigor exquisito se acentúa si se tiene en cuenta que Telefónica ha conseguido los datos de sus abonados en un régimen de monopolio de derecho y de hecho; los ciudadanos españoles no podían escoger -ni siquiera hoy pueden hacerlo para la totalidad de los servicios- la empresa que les suministrara el servicio telefónico. Pero tales prevenciones y cautelas para garantizar un respeto mínimo a sus, clientes no parece que figuren entre las preocupaciones básicas de los ejecutivos de la compañía. De hecho, la Agencia de Protección de Datos recuerda que Telefónica y su filial Telefónica Publicidad e Información ya fueron sancionadas antes por información insuficiente a sus abonados en la cesión de los datos personales.

La carta del presidente de Telefónica, Juan Villalonga, a los clientes es tardía y no contribuye a aclarar la cuestión. La rotundidad del presidente -"quiero dejar constancia de que en ningún caso, ni con su permiso ni sin él, Telefónica va a ceder datos de sus clientes, es decir de usted, que no sean ya públicos"- parece olvidar que existen datos públicos, pero significativos, que no están al alcance de las empresas que después se dedican a inundar de publicidad los buzones de los ciudadanos o a ocupar sus teléfonos con incontables promociones o solicitudes de encuestas. Los datos públicos preseleccionados y cruzados con otros son precisamente la información que puede venderse a precio elevado.

La Agencia de Protección de Datos ha actuado de forma rápida y efectiva para proteger la intimidad de los clientes de Telefónica. Es un varapalo merecido para la compañía y sería deseable que en el futuro cualquier intento de manejar un fichero de datos de clientes con fines comerciales fuera tramitado con rigor y abundancia de información. De otra forma, los ciudadanos serán simples objetos de un tráfico comercial que no entienden y que les resulta molesto, sin que tengan capacidad de decisión sobre su propia intimidad.

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