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Las sentencias del Supremo eliminan 200.000 milllones como ingresos

Las cuatro sentencias del Supremo sobre la prescripción de deudas fiscales obligarán al Ministerio de Economía y Hacienda a dar de baja como ingreso (derecho reconocido) los 200.000 millones de pesetas afectados, según confirmaron ayer fuentes de este departamento. El grueso del reajuste contable se distribuirá a lo largo de los 10 últimos años; es decir, en cada uno de los ejercicios en que esos derechos se contabilizaron como tales.

Al resultar ahora incobrables, esas deudas pasan a engrosar el déficit público en una cuantía que quedará bastante difuminada en el tiempo. Fuentes del ministerio explican que la buena ejecución del presupuesto de este año permitirá, además, limpiar la contabilidad pública de otros derechos que engrosan la cuenta de ingresos y cuyas posibilidades de entrar en caja son nulas. El reajuste afectará al criterio de déficit según los requisitos de Maastricht y no al de caja.

Las sentencias del Supremo, conocidas el pasado viernes, dan la razón a cuatro recurrentes -Laboratorios Alter, J.F. Films de Distribución SA, Formularios para Computadoras SA y un particular- al establecer que una inspección fiscal no puede paralizarse injustificadamente durante más de seis meses, incluida la liquidación de la deuda. La paralización durante ese periodo supone que una deuda fiscal generada cinco años antes ha prescrito.

La votación de estas sentencias ha sido muy ajustada ya que de los ocho magistrados de la sala correspondiente del Supremo, tres han presentado votos particulares: el del presidente, Ángel Rodríguez García, y el de los magistrados Pascual Sala y Alfonso Gota Losada.

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