Ratificado el archivo del 'caso Casinos' sobre la fmanciación de CDC
El titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Barcelona, Ramon Gomis, ha ratificado el archivo del llamado caso Casinos, referido a la supuesta financiación irregular de Convergéncia Democrática de Catalunya (CDC). En su auto, el juez indica que "cabe sospechar fundadamente" que el "acto abusivo" de la empresa Casinos de Catalufia consistió en "la inversión en el mantenimiento, directo o indirecto, de un partido político". Pero considera que se trata de un hecho que no atenta al "interés social" y que no puede considerarse delíctivo.
El magistrado se expresa así en un auto que desestima el recurso de reforma presentado por el denunciante del asunto, Jaime Sentís, contra el sobreseimiento libre del caso acordado por el mismo juez el pasado 30 de junio. Tras esta resolución, la causa llegará a la Sección Décima de la Audiencia de Barcelona, en la que se verán los recursos presentados por el fiscal y por uno de los inculpados contra su archivo.El juez Gomis anunció a finales del mes pasado (véase EL PAÍS del 31 de octubre) que antes de resolver el recurso de reforma estudiaría la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso Filesa por si esa doctrina fuese de aplicación en lo referido a la falsedad documental del caso Casinos y ante la similitud de algunos aspectos de ambas causas. Sin embargo, finalmente, el auto judicial no contiene ninguna referencia a aquella sentencia.
3.000 millones
En síntesis, el juez considera que el desvío de 3.000 millones de pesetas denunciado por Jaime Sentís y del que responsabilizaba a Arturo Suqué, como presidente de Casinos-Iverama, no puede considerarse un delito porque no existió apropiación indebida, ni distracción del dinero, sino que se destinó a Financiar a un partido político. "El acto abusivo, que aquí cabe sospechar fundadamente, sería la inversión en el mantenimiento, directo o indirecto, de un partido político, devendría un abuso del bien social si ello fuera contrario al interés de la sociedad", asegura el juez.Esta utilización final que supuestamente hizo Suqué forma parte, según el juez, de las funciones que tenía encargadas como máximo responsable y administrador de la sociedad. En su opinión, "en ningún caso sería una distracción por cuanto no media un contrato que suponga la entrega y la ulterior obligación de devolver, sino que se está siempre en el ámbito del mandato social del administrador".
El magistrado considera que, en todo caso, podría discutirse si este desvío de dinero perjudicó a la sociedad o generó un "riesgo incorrecto", aunque precisa que "no ha de pensarse que todo acto ¡lícito es, por ello, contrario al interés social, al tiempo que no puede decirse que la financiación de un partido político lo sea, con carácter delictivo".
El auto considera que esta idea se fundamenta, además, en el hecho de que no existe un perjudicado, "atendido a que los socios no se reclaman tales y quien lo fue -Jaume Sentís, ex director financiero de Casinos- interpuso por ello querella, pasó después a la acción popular, lo que revela su ajeneidad en el perjuicio".
El juez acaba concluyendo que, en todo caso, los hechos habría que enmarcarlos en el delito de abusos de bienes sociales, tipificado en el nuevo Código Penal, pero ausente del texto derogado, que es el que se ha de aplicar en los hechos denunciados por el ex director financiero Sentís.
Poca documentación
En otro apartado del auto de archivo, el magistrado Ramón Gomis censura la escasa documentación aportada por Sentís para fundamentar su querella, teniendo en cuenta la estrecha relación que mantuvo con los empresarios de Casinos, y muestra su "estupor" porque parte de esos documentos fueran fotocopias cuya autenticidad no pudo acreditarse. "Tal omisión, tan contraria al espíritu y la letra del artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no puede estimarse involuntaria cuando viene seguida de importantes tratos económicos entre el entonces querellante y el querellado", asegura el juez.La denuncia presentada por Sentís explicaba que la instrumentalización del desvío del dinero por parte de Casinos se hizo mediante facturas falsas giradas por esta empresa por supuestas inserciones publicitarias o por el pago de cheques de campañas de promoción en diversos medios de comunicación, entre ellos los diarios La Vanguardia, Avui y el ya desaparecido El Correo Catalán. El juez afirma igualmente que "el escrito de querella omitía cualquier dato relativo a las empresas facturantes" y precisa que "en cuanto a las facturas que sí pudieron localizarse, de las diligencias practicadas no se deduce mendacidad, salvo en determinados casos".
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