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LA BATALLA AUDIOVISUAL

La CE emplaza a los Socios de Audiovisual Sport a cambiar los acuerdos sobre el fútbol

Bruselas acepta la exclusiva de Canal Satélite en pago por visión pero objeta su duración

La Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea ha informado a los socios de Audiovisual Sport -sociedad participada por Sogecable (40%), TV-3 (20%) y Gestora de Medios Audiovisuales (40%)- que debe enviar nuevas propuestas para poder tomar una decisión definitiva sobre la gestión de los derechos del fútbol, ya que "alberga serias dudas" sobre el acuerdo actual. En cuanto al sistema, de pago por visión, la Comisión reafirma la exclusiva de Canal Satélite Digital, aunque cree excesiva su duración. De esta forma, Bruselas hace efectiva su competencia para intervenir en el conflicto de los derechos del fútbol y será la que finalmente decida sobre su ordenamiento.

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Tras un primer examen de la documentación aportada voluntariamente por Audiovisual Sport a Bruselas el pasado marzo, la Dirección General de la Competencia cree que no era necesaria la creación de dicha sociedad para gestionar los derechos del fútbol.El comunicado de la Dirección General IV ha sido enviado por separado a Gestsport, GMA, TV-3 y Canal Satélite, y de él se desprende que será la Comisión Europea quien decida definitivamente, tras las modificaciones oportunas, sobre los derechos del fútbol. Por el momento, pide que en el plazo de un mes se hagan nuevas propuestas a la Comisión. En este terreno el Ejecutivo Comunitario debe aún pronunciarse sobre la ley del fútbol impuesta por el Gobierno de José María Aznar y la polémica compra de Antena 3 Televisión y de GMA por Telefónica, cuestiones ambas denunciadas ante Bruselas por Canal Satélite Digital y que afectan directamente a los derechos de retransmisión.

La Dirección General de la Competencia, departamento que dirige el comisario Karel van Miert, señala ahora en el examen previo del acuerdo de constitución de Audiovisual Sport que éste "parece conducir a un reparto del mercado [de los derechos del fútbol televisado] y a una coordinación entre competidores para el uso de los derechos en cuestión", y que, por tanto, "incluye unas restricciones de la competencia de acuerdo con el artículo 85 del Tratado".

La Comisión sostiene que la justificación del acuerdo -"de puesta en común de los derechos, seguida de un reparto de los mismos entre las partes"- realizada por Audiovisual Sport para su explotación racional y rentable "no es muy convincente" ya que "bastaría que cada parte negocie en bilateral con las otras dos para poder intercambiar los derechos de forma satisfactoria".

La Comisión concluye que "la creación de Audiovisual Sport no era indispensable para conseguir una explotación racional y eficiente de los derechos, habida cuenta en particular del número limitado de las sociedades involucradas". Y añade que "la puesta en común y el posterior reparto de los derechos deberían ser sustituidos por unas negociaciones bilaterales de los derechos, cuando éstas fueran necesarias".

Pago por visión

Las objeciones de la Comisión se detienen al tratar los derechos del pago por visión, donde Bruselas reafirma la exclusiva que posee Canal Satélite sobre estos derechos, y que han sido puestos en cuestión por la llamada ley del fútbol. Estos derechos, subraya la Dirección de la Competencia, "deben ser objeto de un análisis distinto ya que recibieron un tratamiento diferente del de los demás derechos: se adquirieron dentro del marco de unas negociaciones individuales con los clubes y parte de ellos fueron cedidos directamente a Canal Satélite por GMA y TV-3". Por tanto, concluye, "la adquisición y posterior cesión de estos derechos no plantea ningún problema respecto a las normas de la competencia".

No obstante, el Ejecutivo comunitario pone objeciones a su duración, primero por los cinco años que van de 1998 al 2003, y además porque también reconoce la exclusiva de Canal Satélite para la temporada anterior, 96-97, y la actual, 97-98. "Una exclusiva por 5 temporadas (y potencialmente 11 si se toma en consideración la posible ampliación prevista en el contrato notificado [...], más 2 años adicionales para las temporadas 1996/7 y 1997/98)" podría conducir "a cerrar el mercado al impedir el acceso de los competidores a dichos derechos durante un periodo excesivo de tiempo".

Un portavoz de Gestsport señaló anoche "que esta carta contiene elementos positivos, como es la validación de los derechos en pago por visión de Canal Satélite", pero que contiene "otros elementos indudablemente críticos". '.'En todo caso", afirmó, "Gestsport está dispuesta a aceptar cualquier solución que la Comisión Europea considere adecuada, como siempre ha hecho. Sin embargo", añadió, "el problema práctico para modificar los derechos del fútbol es que habría que ponerse de acuerdo ahora con un competidor como es Telefónica, que ha entrado a través de GMA en Audiovisual Sport de una forma que a juicio de Gestsport es contraria a la ley y al derecho de la competencia". El mismo portavoz recordó que "ya en agosto del año pasado se llegó a un principio de acuerdo similar al propuesto ahora por la Comisión, pero fue Antonio Asensio, como presidente de GMA, quien insistió en la creación de una empresa como Audiovisual Sport".

GMAF hizo público anoche un comunicado acusando a Audiovisual Sport por la ocultación de este documento. Al respecto, Audiovisual Sport hizo pública una nota en la que señala que esta notificación "iba dirigida directamente a GMAF, Gestsport y TV3, socios de Audiovisual Sport, y remitidas a sus respectivas sedes sociales [...] A la empresa Audiovisual Sport se le remitió únicamente una copia de dicha comunicación, enviada a cada una de sus socios. Por tanto" dice la nota, "difícilmente Audiovisual Sport podría guardar u ocultar información a sus socios cuando ellos mismos habían recibido directamente la notificación".

En esta primera comunicación a los socios de Audiovisual Sport, la Comisión deja claro que es la autoridad competente para arbitrar en el mercado de los derechos del fútbol y da un plazo de un mes para que se hagan las oportunas modificaciones.

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