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Un insulto a la inteligencia

La autora anuncia medidas en el Parlamento contra la sentencia del Constitucional -que prima al varón en el acceso a títulos nobiliarios- y se pregunta si este Tribunal se atrevería a resucitar la "limpieza de sangre"

En contra de todo pronóstico, por sorpresa y aprovechando la desbandada estival, el pasado día 3 de julio, el Tribunal Constitucional dictó una sentencia que rompe, en un claro retroceso, con la doctrina consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo que había dejado sentado que el "principio de varonía" debe estimarse discriminatorio y derogado por inconstitucionalidad sobrevenida desde la vigencia de la Constitución de 1978.Para ello no ha tenido reparo en declarar subsistentes, nada menos que las leyes de Partidas promulgadas en 1348, la Novísima Recopilación de 1615 y las leyes franquistas de 1948, y lo que es más grave, ha roto el pacto que desde 1978, en esta materia, estableció una sola excepción, la Corona.

Cuando España suscribe, en 1983, la Convención de Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, aprobada por las Naciones Unidas en 1979, hace una reserva y excluye de la igualdad entre hombres y mujeres "las disposiciones constitucionales en materia de sucesión a la Corona española", que prima al varón sobre la mujer, sin otra razón que el hecho de nacer varón, a todas luces contrario a lo que proclama la propia Constitución.

Siempre entendimos que ésa era, por razones políticas sin duda de calado, la única excepción al principio de igualdad entre hombres y mujeres pactado en la Constitución de 1978. Incluso nos planteamos, desde la Conferencia de Naciones Unidas sobre la Mujer, celebrada en Pekín en septiembre de 1995, cuál sería el camino más idóneo, en el marco de la Unión Europea, para terminar con una discriminación obsoleta, que repugna al más elemental sentido de la equidad, y donde otros países de nuestro entorno se han adaptado al principio de igualdad de oportunidades y de trato, también en lo que alude a las normas de sucesión en la Corona.

Así, Suecia, en 1979; Holanda, en 1983; Noruega, en 1990; y Bélgica, en 1991, han modificado sus normas constitucionales para adaptarlas a una realidad elemental. Incluso Noruega, reconociendo los derechos ya adquiridos por el actual príncipe heredero, establece la igualdad y proscribe el principio de masculinidad a partir de sus descendientes.

A las puertas del siglo XXI nadie, medianamente sensato, piensa que pueda mantenerse una discriminación de estas características, naturalmente en los países occidentales en los que nos movemos, no así, lamentablemente, en otras latitudes, donde el fundamentalismo islámico, mantiene a las mujeres en la desigualdad educativa, laboral y social, fomentando el que sean víctimas de todo tipo de atropellos y agresiones.

Algunos comentaristas, en su ignorancia y machismo, causan sonrojo, cuando abiertamente defienden la discriminación por afectar a un grupo social, la nobleza, según ellos minoritario y rechazable, cuando es un tema que nos afecta a todos y a la esencia misma de los derechos a la igualdad en trato y en dignidad, de la mitad de la población.

El abogado del Estado, en nombre del Gobierno, en fecha 2 de abril de 1996, se opuso a que se modificara la doctrina ya consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo, al considerar que "el principio de varonía es contrario al principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución".

El fiscal general del Estado, el 11 de abril de 1996, también se opuso por falta de requisitos procesales y ser notoriamente infundado su planteamiento y alegó "la improcedencia del planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad como fórmula para soslayar una discrepancia interpretativa con un tribunal superior".

¿Cómo es posible que con tantos elementos en contra -abogado del Estado, fiscal general, jurisprudencia consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo- se haya atrevido el Tribunal Constitucional a dar este paso? El derecho tórico está plagado de discrimiciones, reflejo la sociedad de tonces. Hoy, tras la Constitución, todas están prohibidas de forma tajante. ¿Se atrevería el Tribunal a resucitar "Ia limpieza de sangre" o el hecho de "no ser católico"?

La sentencia es un insulto a la inteligencia. De un plumazo, se carga toda una teoría ya consolidada, que había establecido la igualdad entre hombres y mujeres en el orden de suceder en los títulos nobiliarios, por el peregrino argumento de que es un asunto privado que sólo tiene un valor simbólico. Precisamente han ido a citar un elemento clave en la emancipación femenina. Lo simbólico conforma el universo en el que se produce la socialización, y es el escenario privilegiado para la perpetuación de los roles diferenciados y la discriminación.

En su forma precipitada de dirigirse a su objetivo, la sentencia comete otro error de bulto, al decir que los susodichos títulos no tienen valor material. Lo tienen, sin duda, en su utilización práctica, y son objeto de otorgamiento, en nuestros días, como distinción y honor. Además, existe toda una normativa del Estado que los regula, que tipifica como delito su usurpación, que establece cánones por su uso.

En fin, que no estamos hablando de algo alado que pertenezca a otro mundo. Es evidente la contradicción en la que cae la propia sentencia, pues si fueran las cosas como pretende no hubiera entrado el Tribunal tan siquiera a conocer de una materia de tales características.

El voto particular que formulan los magistrados Viver y Vives, lo dice sin paliativos, con toda claridad, el orden de suceder en los títulos nobiliarios "forma parte del ordenamiento jurídico, no es una simple regla de comportamiento establecida por determinados grupos sociales en virtud de sus peculiares convenciones".

Por fortuna, vivimos en democracia y existen instrumentos de todo tipo, políticos, jurídicos y sociales, para corregir este atropello. La propia Constitución se había interpretado hasta ahora de otra forma totalmente contraria, nada menos que por la Sala Primera del Tribunal Supremo.

Existen tribunales europeos que pueden conocer de esta materia. También desde el Parlamento tomaremos las iniciativas pertinentes para evitar la consumación de esta marcha atrás.

Las asociaciones de mujeres ya han comenzado a actuar y la Federación de Mujeres Progresistas, que representa a más de 40.000 mujeres, ha anunciado que denunciará el caso al Comité de Seguimiento de la Convención de Naciones Unidas.

Y no se trata, como pretenden algunos para devaluar y debilitar nuestra posición, que defensa de "algunas damas de la nobleza", que también lo haremos si son discriminadas, sino que salimos en defensa de nuestra dignidad, del derecho a la igualdad, del respeto que se nos debe como personas.

Y para avergonzar a aquellos que se atreven hoy todavía, a esgrimir como elemento de autoridad y como argumento jurídico "el principio de varonía", consagrado en las Partidas y que fueron rescatadas por el franquismo en 1948, despreciando el trabajo elaborado desde 1987 por el Tribunal Supremo y lo establecido en la Constitución de 1978.

Cristina Alberdi es diputada del PSOE por Málaga.

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