Causas del despido
Se modifica el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores para definir mejor las causas de los despidos objetivos y que no sean calificados indebidamente como improcedentes por los jueces cuando existan realmente causas económicas, técnicas organizativas o de producción. La nueva redacción es ésta: "El empresario acreditará la decisión extintiva en causas económicas, con el fin de contribuir a la superación de situaciones económicas negativas, o en causas técnicas, organizativas o de producción, para superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa, ya sea por su posición competitiva en el mercado o por exigencias de la demanda, a través de una mejor organización de los recursos".
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