La justicia declara prescrito un delito que tarda 10 años en juzgar
Absuelven a tres militares de la muerte de un soldado
Un general del Ejército, otros dos militares y un ex alférez médico han sido exculpados de cualquier responsabilidad en la muerte de un soldado ocurrida en 1986 porque, según la juez, el delito ha prescrito. La muerte del soldado Miguel Angel Escalona a causa de un ataque de asma en unas maniobras militares en La Seu d'Urgell a sido objeto de investigación judicial desde poco después de ocurrir, en septiembre de 1986, pero, no llegó a juicio hasta el pasado 6 de febrero. La magistrada alega que la causa ha permanecido "sin movimiento" durante cinco años y por ello absuelve a los acusados.
La sentencia ha causado gran sorpresa porque la demora en la investigación se ha debido precisamente a la lentitud de la Justicia y a las trabas puestas por el Ministerio de Defensa a la hora de identificar a los mandos que se encontraban al frente de la unidad cuando el soldado falleció. Así lo demuestra el enorme trajín de documentos intercambiados entre los juzgados militares, los ordinarios y el Ministerio de Defensa, en una instrucción en la que ha intervenido incluso la sala de conflictos del Tribunal Supremo, que finalmente resolvió que la competencia era de los tribunales ordinarios.La muerte del soldado, fue investigada, en un primer momento, por la justicia militar, que abrió diligencias el 25 de septiembre de 1986 en La Seu d'Urgell. El joven falleció por un ataque agudo de asma, enfermedad que alegó cuando fue llamado a filas, en mayo de 1985. Se da la circunstancia, además, de que Escalona había quedado excluido temporalmente de la mili dos años antes precisamente por el asma. Sin embargo, en 1985 fue declarado útil y en abril se incorporó a la mili. Tuvo problemas respiratorios en varias ocasiones, hasta que uno de ellos le causó la muerte.
En 1988 un juzgado militar decidió archivar el caso. Entonces los padres del fallecido presentaron una querella criminal en los juzgados ordinarios, concretamente el 3 de marzo. La querella iba dirigida contra los mandos del soldado, pero sin precisar sus identidades, ya que no eran conocidas. Según refleja la documentación, desde 1988 se produjo un cruce de peticiones y respuestas entre el Juzgado de Instrucción número 17 de Barcelona, al que correspondió la querella, y el Ministerio de Defensa sobre la identidad de los responsables del soldado en el cuartel, sobre el médico que se encargó del caso en el Hospital Militar de Barcelona, donde había sido reconocido el soldado, y sobre la composición del tribunal militar que le declaró "útil" para la mili.
Las primeras declaraciones se produjeron, finalmente, en 1989 pero los acusados comparecieron en aquel momento como testigos pese a que la querella se dirigía contra ellos. Según la sentencia, la declaración del general Francisco González de Vega se produjo el 18 de septiembre de 1989, pero como testigo. Su testimonio como acusado, de acuerdo con la juez, es del 29 de noviembre de 1991. La juez esgrime que con los otros tres acusados pasó algo parecido. "Es obvio, pues, que los delitos que les son imputados han prescrito al haber transcurrido con creces los cinco años señalados por la norma, desde que el óbito aconteció hasta que conocieron de su condición de inculpados en el proceso, por lo que al existir causa que extingue de la responsabilidad penal, procede absolverles de los delitos", precisa el fallo.
Los absueltos son el general Francisco González de Vega, que era el jefe de servicio de neumología del Hospital Militar de Barcelona y reconoció a Escalona; Juan Coves, capitán de la compañía; Sebastián Velasco, teniente, y el ex alférez médico Julio García Prieto.
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