Hacienda perderá 30.000 millones al cambiar una norma para beneficiar a clubes de fútbol
La Inspección de Hacienda tiene trabajo extra. Debe revisar a la baja, con un coste mínimo estimado de 30.000 millones en la recaudación, todas las actas de inspección pendientes de resolución firme abiertas a empresas por irregularidad en las retenciones del trabajo a cuenta del impuesto sobre la renta. El pacto de CiU y el Gobierno para resolver el problema de clubes de fútbol por no ingresar retenciones a los jugadores (por los "contratos de imagen") y el carácter retroactivo que se le dio a la fórmula beneficiarán a todos los expedientes abiertos por la misma causa.
, En materia de impuestos es muy difícil hacer trajes a medida. Los clubes pagaban en parte a sus estrellas mediante "contratos de imagen" sobre los que no practicaban retención. Los derechos de imagen los cobran sociedades de los futbolistas, por lo que los clubes alegaban que no eran rentas del trabajoHacienda decidió que era una forma de escamotear a su control parte de las millonarias retribuciones a los jugadores y que se debía haber practicado retención. Una solución pensada para reducir considerablemente la cuantía de las actas de inspección a los clubes de fútbol ha acabado por beneficiar a todas las empresas en la misma situación.
El Gobierno y CiU pactaron, en la tramitación de los Presupuestos del Estado para este año, que la deuda fiscal de los clubes por las retenciones no practicadas debe calcularse sin aplicar lo que se denomina elevación al íntegro, al contrario del criterio mantenido hasta ahora.
La elevación al íntegro significa que, a la hora de cifrar la deuda de una empresa que no practicó retención, no se toma como base lo abonado al trabajador. Los ingresos brutos sobre los que debe calcularse la retención se obtienen mediante la elevación al íntegro.
Si el pago de la empresa a su empleado fue de 100.000 pesetas y la retención que hubiera correspondido era el 15%, la sociedad no debe a Hacienda 15.000 pesetas, sino más. La deuda sería el resultado de dividir las 100.000 pesetas por 0,85, lo que da 117.647 pesetas. Sobre esa cantidad de ingresos brutos hay que aplicar el porcentaje de retención. En el ejemplo, la deuda sería de 17.647 pesetas.
El índice de cálculo varía según la cuantía de la retribución, de forma que para un sueldo anual de 100 millones, la diferencia entre aplicar una retención del 50% a esa cifra o a 150 millones de ingresos brutos es una deuda fiscal de 50 millones con el primer procedimiento o de 75 con el segundo. A medida que las cifras crecen, la elevación al íntegro tiene un efecto multiplicador.
Con ese procedimiento se han calculado hasta ahora todas las actas por falta de retención y de ingreso en Hacienda de lo retenido, incluidas las de los clubes de fútbol. El acuerdo entre el Gobiemo y CiU impuso, un giro. Ahora, la cantidad a ingresar se calcula sobre lo abonado al trabajador. Siguiendo el ejemplo anterior, 15.000 pesetas, en vez de 17.647.
Por los. ejercicios de 1990 a 1993, Hacienda reclamaba al Barca 4.557 millones y al Real Madrid 2.400. El impacto de la elevación al íntegro es muy elevado. De la deuda fiscal del club catalán, 3.197 millones, un 70%, procedía de la aplicación del criterio anterior.
Calcular con exactitud el regalo fiscal que la norma retroactiva va a suponer para los dos grandes clubes es muy difícil. La elevación al íntegro representaba más de 4.000 millones de los 9.000 que el fisco reclamaba a todos los clubes por los ejercicios citados.
Por los ejercicios hasta diciembre de 1996, cuando se cambia la norma, algunos expertos calculan que los clubes ahorrarán unos 6.000 millones. El resto de la pérdida de recaudación, hasta 30.000 millones, procede de las demás actas que hay que revisar.
Fuentes de Hacienda, secretaría de Estado de la que es titular Juan Costa, niegan que el cambio represente un trato de favor a los clubes de fútbol, en especial al Fútbol Club Barcelona o al Real Madrid, los que más emplearon la fórmula de "contrato de imagen" para canalizar parte de la retribución de sus estrellas.
Señalan que la elevación al íntegro ha sido puesta en cuestión por los tribunales y que ya en el primer plan de lucha contra el fraude del anterior Gobierno, del PSOE, se proponía un cambio. El plan contra el fraude del Gobierno del PP, presentado en julio pasado, también lo planteaba.
Sin embargo, la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 1997, donde se sancionó la reforma, no incluía en principio esta solución. Durante la tramitación en el Senado de estas leyes, las negociaciones entre el Grupo Popular y CiU fueron tensas e intensas. A última hora, en la Cámara alta, el PP accedió a la pretensión de CiU, que consiguió lo sustancial para los clubes de fútbol, dar al nuevo sistema efectos retroactivos.
La disposición transitoria undécima de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos establece que la no elevación al íntegro será de aplicación a las liquidaciones que se practiquen desde el 1 de enero de 1997 "o que estén pendientes de resolución administrativa firme a la misma fecha".
Como consecuencia, todos los expedientes por falta de ingreso de retenciones del trabajo que aún no son firmes deben revisarse a la baja, y así lo ha confirmado Hacienda. En concreto, las actas firmadas en disconformidad por las empresas y que hayan sido recurridas ante los tribunales administrativos.
El plazo de resolución de estos tribunales puede alcanzar cuatro años, por lo que el cambio afectará a actas levantadas y recurridas desde el ejercicio de 1993. Todas esas actas, incluidas las que afectan a los clubes de fútbol, han de ser devueltas a la Inspección de Hacienda para que vuelva a calcular la deuda.
Según Hacienda, la pérdida de recaudación y el número de expedientes afectados no han sido calculados aún. Otras fuentes señalan, sin embargo, que documentos internos de la administración tributaria sitúan la cifra en 30.000 millones de pesetas como mínimo. Según las mismas fuentes, los expedientes son 500 sólo en Madrid.
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