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Cinco años no son suficientes

Milagros Pérez Oliva

La ciencia y la normativa avanzan a ritmos distintos. En el momento de promulgarse la ley de Reproducción Asistida, en 1988, se desconocía qué efectos podía tener sobre los embriones la congelación a largo plazo. De ahí la cautela de establecer un plazo máximo de cinco años. "Pero la ciencia no se para, como ocurre con las normativas, y ahora sabemos que un mayor plazo de congelación no afecta a la viabilidad del embrión. Hasta ahora no sabemos si existe un límite, y cuál puede ser, pero sí sabemos que por encima de los cinco años de congelación ni se producen más alteraciones ni disminuye la viabilidad", señala José Remohí, codirector del Instituto Valenciano de Infertilidad.Según Montse Boada, de la Clínica Dexeus, la tasa de supervivencia de los embriones congelados se sitúa en estos momentos alrededor del 65%. Es decir, que el 35% no sobrevive a la descongelación. Pero una vez descongelado, el camino de la fecundación está todavía plagado de dificultades, de modo que, finalmente, sólo el 10% de los embriones congelados que son transferidos al útero dan lugar a un embarazo.

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Esta baja tasa de embarazos es la causa de que se intente crioconservar el mayor número posible de embriones cuando una pareja se somete a un proceso de fecundación in vitro, con el fin de tener reservas suficientes en el caso de que falle el primer intento.

Todos los especialistas consultados coinciden en que el plazo de cinco años es totalmente insuficiente. Si los primeros intentos de fecundación fallan, algo que ocurre con frecuencia, los cinco años se agotan pronto. Y si se consigue un embarazo al cabo de uno o dos años de iniciar el tratamiento, la pareja dispone en ese caso de muy poco tiempo para intentar un segundo embarazo, en' caso de que quiera tener más hijos. Con lo que el plazo establecido puede privar a mujeres que deseen tener más hijos de los embriones que han congelado para ese fin.

Lo mismo ocurre en el caso del semen congelado. La ley también establece que sólo podrá ser conservado durante cinco años. Si se trata de semen para la donación, no hay mayor problema. Pero cuando el semen se congela para,uso propio, el plazo es demasiado corto, Es el caso, por ejemplo, de un joven que sufre un proceso cancerígeno y decide conservar varias muestras de semen por temor a que su testículo quede afectado por la radiación. En cinco años, tal vez no esté totalmente curado y tal vez ni siquiera haya concluido el tratamiento oncológico. O tal vez no esté en condiciones de decidir una posible paternidad. En ese caso, la ciencia le ofrece la posibilidad de seguir conservando el semen, pero la normativa se lo impide.

"La ley fue redactada de acuerdo con el desarrollo científico de entonces, pero han pasado ocho años, y muchos aspectos deben ser revisados o regulados de forma más precisa. La propia ley indica cómo hacerlo: creando la comisión nacional que los especialistas venimos reclamando desde hace tanto tiempo", concluye Boada.

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