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Los jueces, frente a los secretos oficiales

Los Estados dan respuestas diversas cuando la justicia hurga en sus tripas

El Gobierno presidido por José María Aznar acaba de confirmar la decisión del anterior Ejecutivo y del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción. Ha negado el levantamiento del secreto de los documentos solicitados por los jueces que investigan los GAL y otros episodios de la guerra sucia contra ETA. El conflicto entre las demandas de la Justicia y los administradores de los secretos de Estado no tiene una solución única en los países occidentales.Mientras en el Reino Unido son los jueces los que deciden, en Francia los magistrados tienen el derecho de pedir y el Gobierno el de negar. En Estados Unidos, el Ejecutivo interpondría interminables recursos para retrasar la decisión y, al final, resolvería el Tribunal Supremo. En Alemania, el simple planteamiento de la cuestión causó profundo desconcierto en todos los organismos consultados. "¿No tiene una pregunta más fácil?", inquirió con sorpresa un portavoz del Ministerio de Justicia federal.

La cuestión del secreto de Estado tiene en Francia un tratamiento legal muy complejo y compartimentado en distintas leyes. Pero en la práctica se cumple una máxima establecida en 1988 por el entonces ministro del Interior, Charles Pasqua, consistente en que "la democracia termina donde comienza el interés del Estado", informa desde París Enric González.

Ni el Parlamento, que no pudo investigar el atentado de los servicios secretos contra un barco de Greenpeace en 1985, ni la prensa o el público en general, pueden obtener información clasificada. En cuanto a los jueces, tienen derecho a pedir, pero el Gobierno tiene derecho a negar.

Si la judicatura insiste en la reclamación, la Cámara de Acusación del Tribunal de Apelación decide si procede o no revelar el secreto. Normalmente, decide que no. La última instancia es el Tribunal de Casación, equivalente al Supremo español.

En ese tribunal, es el fiscal general (nombrado por el Gobierno) quien toma la decisión definitiva, favorable por lógica a quien le ha colocado en el puesto. En 1982 se estableció una norma "amistosa" para evitar conflictos en casos no especialmente espinosos. El juez tiene derecho a examinar para su información los documentos secretos que reclama, pero el primer ministro puede negarse a que sean integrados en el sumario y sirvan como prueba.

Los jueces británicos, en cambio, tienen reservada la potestad de decidir sobre la conveniencia de desvelar documentos secretos en el curso de una instrucción judicial. Al tomar la decisión, el juez debe tener en cuenta el deber de la Corona de no revelar documentación relacionada con la defensa y la necesidad de proteger información cuya divulgación podría perjudicar aspectos de interés público, como la seguridad nacional, informa desde Londres Lourdes Gómez.

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El juez debe sopesar ambos condicionantes y decidir en qué medida debe la Corona levantar el secreto en cada caso particular. El Gobierno debe atenerse al fallo judicial y presentar los documentos que el juez considere oportuno.

La pregunta de qué ocurriría en Alemania si un juez pide documentos de los servicios secretos desconcertó y dejó perplejas a casi todas las fuentes consultadas. Tras una docena de llamadas a los servicios secretos encargados de la vigilancia en el interior del país, al Tribunal Constitucional, la Fiscalía Federal, el colegio de abogados, el Ministerio de Justicia y el servicio de investigación del Parlamento Federal (Bundestag), no ha sido posible conseguir una respuesta clara, informa desde Bonn José Comas.

Un portavoz del Ministerio de Justicia federal en Bonn respondió: "¿No tiene una pregunta más fácil? Intentaré informarme". El Tribunal Constitucional se declaró "no competente". En el Bundestag respondió así una persona que se identificó como ex juez de profesión: "Nunca tuve un caso así; no puedo improvisar una respuesta".

Tras varios intentos, la Oficina de Defensa de la Constitución (BFV), servicio secreto dependiente del Ministerio del Interior, se animó a precisar que el artículo 244, párrafo 2, del ordenamiento procesal, autoriza al juez a pedir de los servicios secretos las informaciones que necesita para conseguir pruebas.

La BFV tiene que estudiar en cada caso, según la ley que rige su actuación si se puede responder a la demanda del juez. La portavoz señaló que podrían plantearse problemas de colisión de normas entre la entrega de información al juez y el derecho a la protección de datos de una persona.

En las comisiones parlamentarias de investigación, que actúan según los principios del derecho procesal alemán, se opera con abundantes documentos clasificados y entregados por los servicios secretos. En la comisión del Bundestag que investiga el escándalo del contrabando de plutonio circulan centenares de documentos catalogados como secretos por el Servicio Federal de Información (BND).

Los diputados y sus asistentes manejan los documentos. La comisión trata de proteger la identidad de los testigos pertenecientes al BND u otros servicios y se prohibe fotocopiarlos. En ocasiones, las sesiones de la comisión investigadora se realizan a puerta cerrada. Los documentos son para uso exclusivo de los miembros de la comisión y su divulgación está penada. Esto no impide que circulen por doquier.

En Estados Unidos, si un juez solicita a los servicios secretos un documento, el Gobierno tiene numerosos instrumentos legales en los que apoyarse para retrasar su entrega. Puede incluso demorarla indefinidamente alegando que afecta a la seguridad del Estado, informa desde Washington Antonio Caño.

Los recursos que interpondría el Gobierno contra la petición del juez serían continuos. Finalmente, el Tribunal Supremo acabaría valorando si el Gobierno tiene razón al alegar que la entrega del documento secreto afecta a la seguridad nacional.

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