Participación de "perfiles imprecisos"
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón señala en los fundamentos jurídicos del auto en que impone medidas cautelares al general de la Guardia Civil Andrés Cassinello que los hechos que le imputa revisten los caracteres de "un delito de integración en banda armada del Código Penal vigente en 1983".Según el juez, en la causa hay elementos suficientes de que el general "participó en forma activa, aunque no perfilada con precisión en este momento, cumpliendo órdenes superiores e ímpartiéndolas a inferiores, para que surgiera y se desarrollara un grupo u organización en el seno del cuartel de la Guardia Civil de Intxaurrondo que posteriormente ejecutó distintos hechos delictivos contra miembros de ETA".
Según el auto de Garzón, la participación del general Cassinello, encargando el sello para las reivindicaciones de atentados, "coadyuvó a que la ilícita actividad de los GAL acentuara y desarrollara su acción hasta 1986".
Tras hacer constar que el general se acogió a su derecho constitucional a guardar silencio, el juez le impone las medidas cautelares de presentación mensual ante la justicia, notificación obligatoria de salida del territorio y control del domicilio actual y de los cambios del mismo teniendo en cuenta su "edad [69 años], estado de salud, el hecho de no tener antecedentes penales, la creencia de que no tratará de sustraerse a la acción de la Justicia y la gravedad de los hechos".
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