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Médico condenado por no atender a un paciente que le habló en valenciano

Discriminar a un ciudadano por el mero hecho de expresarse en valenciano es delito. Así lo entiende el juzgado de instrucción número 13 de Valencia, que ha dictado la primera sentencia condenatoria en este sentido. El juzgado condena al médico Eduardo Moreno, del Servicio Valenciano de Salud (SVS), a pagar una multa de 10.000 pesetas o un día de arresto menor por expulsar de su consulta al paciente Salustià Herrero que se había dirigido a él en valenciano. La juez considera al médico responsable de "una falta de vejaciones injustas", tipificada en artículo 585 del Código Penal. El incidente que ha motivado la sentencia ocurrió el 31 de octubre de 1995 en un ambulatorio.

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