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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El error belga

EL CONSEJO de Estado belga suspendió ayer la extradición de dos presuntos terroristas de ETA solicitada por España. La decisión es en sí misma gravísima, pero lo son aún más las razones que han llevado al Consejo de Estado belga a adoptarla. Para el Tribunal Supremo Administrativo belga, colaborar con ETA dando cobertura y transporte a uno de sus comandos asesinos no se contempla como delito en el Convenio Europeo contra el Terrorismo.La reacción del Gobierno español ha sido inmediata y contundente. Desde Rabat, donde se encuentra acompañando al presidente González, el ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, anunció la suspensión de la cooperación jurídica entre Bélgica y España. Es una respuesta coherente y proporcional a una decisión, la del Consejo de Estado belga, que supone un atentado en toda regla al principio de cooperación judicial que debe regir las relaciones de países socios de la Unión Europea. No tiene sentido seguir como si no pasara nada cuando es tan evidente la divergencia en la interpretación de normas y principios jurídicos que comprometen a ambos países.

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En cualquier caso, es de justicia resaltar la diferente actitud que ha tenido el Gobierno belga. La detención por la policía de los dos activistas de ETA en 1993 posibilitó la posterior solicitud de su extradición por España, acusándoles de haber dado cobertura al comando Vizcaya de la organización terrorista, que asesinó a un policía en 1992 y cometió otro intento frustrado de asesináto. A raíz de la detención, ya se produjo un primer contencioso entre España y Bélgica al solicitar dichos activistas asilo político. Y ahora se produce otro con motivo de su extradición. Lo cual pone en evidencia, por parte de los tribunales belgas, un desfase preocupante en la interpretación de normativas comunes a todos los países de la UE. Lo es la Convención Europea contra el Terrorismo y lo es también el Convenio Europeo de Extradición. No tiene sentido reconocer que todos y cada uno de los países socios de la UE garantizan el pleno ejercicio de los derechos de actuación política pacífica y admitir a la vez la posibilidad de conceder asilo político a los ciudadanos prodedentes de alguno de ellos. Y lo tiene aún menos admitir que en todos ellos existen plenas libertades democráticas y negar a continuación la entrega de alguien del que se sospecha fundamentadamente que ha atentado contra ellas. La razón alegada, sin duda de buena fe, por el Gobierno belga para explicar la incomprensible decisión del Consejo de Estado de su país no es convincente. Se gún el Gobierno, la solicitud de extradición española habría olvidado la circunstancia de que, gracias a la cobertura dada por los dos activistas al comando Vizcaya de ETA, se habían cometido dos asesinatos, uno de ellos frustrado. Pues, aunque fuera así, no se justifica que se considere político y no terrorista un delito de colaboración con ETA. En cualquier caso, es inconcebible que entre dos países miembros de la UE se den tales discrepancias. España y Bélgica están obligadas a solucionar inmediatamente este conflicto.

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