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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Cuanto antes

LA ESTRATEGIA gubernamental de demorar los desastres que le acechan puede diluir su impacto en el tiempo, pero ni así deja de ser una muy grave derrota la que sufrió ayer en el Congreso al ver rechazado su proyecto de Presupuestos. La devolución de la ley que sintetiza las prioridades políticas de un Gobierno -en definitiva, su programa para el año siguiente- equivale a la retirada de confianza al Ejecutivo por parte de la Cámara. Lo normal es que el presidente de un Gobierno afectado por tal desautorización proceda a negociar un acuerdo alternativo con los grupos políticos -que en la situación actual resulta imposible- o a disolver el Parlamento y convocar nuevas elecciones. Puede haber circunstancias que aconsejen no hacerlo de inmediato. Pero la continuidad de un Gobierno, en tal situación sólo podrá ser provisional, incluso efímera.Al emplazar a la oposición a presentar una moción de censura como respuesta al rechazo de los Presupuestos, González confunde los efectos de ambos hechos políticos. La moción de censura tiene por objeto propiciar un cambio de Gobierno como resultado de la conformación de una mayoría alternativa en el Parlamento. La retirada de confianza, por el contrario, puede ser efecto de una coalición negativa: una mayoría dé la Cámara está de acuerdo enforzar al Gobierno a convocar elecciones o, al menos, a someterse a la cuestión de confianza. Para que produzca ese efecto no basta que el Ejecutivo. haya sido puesto en minoría en una votación cualquiera. Debe serlo en una que comprometa explícita o implícitamente su continuidad en función de su capacidad para desarrollar un programa. Ese significado se otorga en los regímenes parlamentarios precisamente a la votación de los Presupuestos del Estado.

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Puede haber, y es frecuente que haya, Gobiernos minoritarios, obligados a pactar con aliados coyunturales cada votación parlamentaria. Pero la prueba de la viabilidad de esa fórmula es la capacidad de articular una mayoría que respalde la ley presupuestaria anual. En caso contrario no se garantiza una mínima capacidad para gobernar. Lo normal entonces es convocar elecciones anticipadas. En el caso actual de España puede haber motivos para retrasar esa decisión por un breve plazo. La principal, la inminencia de la aprobación del nuevo Código Penal, objetivo pendiente desde hace más de diez años y siempre abortado por la disolución de las Cortes antes de culminar su tramitación. Otro motivo, menos importante pero digno de considerarse, es la inconveniencia de que la campaña y los comicios coincidan con la fase final de la presidencia española de la Unión Europea. Mayor peso social tiene la inoportunidad de que las elecciones o la propia campaña se desarrollen en plenas navidades, y ése sería el caso si la disolución se produjera de forma inmediata, por mucho que Aznar se empeñara ayer en unas fechas que no concuerdan con la ley electoral vigente.

Esas razones prácticas, y no el hecho de que el Gobierno ya hubiera decidido adelantar las elecciónes a marzo, son las que pueden aconsejar el aplazamiento hasta diciembre de la disolución del Parlamento. Si es cierto que puede no tener demasiada trascendencia que sean en febrero o en marzo, sí parece conveniente precisar que salvadas esas dificultades prácticas, el criterio más razonable es que sean cuanto antes. Y parece necesario precisar que, una vez formalizado el veto parlamentario a los Presupuestos, el aplazamiento no podrá ser indefinido, como han insinuado algunos diputados socialistas con el argumento de que el mandato es para cuatro años. Ese mandato queda en suspenso si no puede materializarse en una mayoría parlamentaria.

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