El Supremo decide no imputar a Serra ni a García Vargas en el 'caso Crillon'
El Tribunal Supremo ha confirmado que Narcís Serra, ex vicepresidente del Gobierno, y Julián García Vargas, ex ministro de Defensa, no figurarán como imputados en el caso del informe Crillon -supuesta investigación de las actividades privadas del ex presidente de Banesto Mario Conde-. La Sala Segunda de este tribunal ha rechazado el recurso interpuesto por el fiscal Luis Benéytez Merino para que incluyera a los dos ex miembros del Gobierno en la causa en condición de inculpados.La Sala, integrada por los magistrados José Augusto de Vega, Ramón Montero Fernández-Cid y José Antonio Martín Pallín, considera que el hecho de que una persona sea acusada de un delito no es suficiente para considerarla imputada.
El Tribunal Supremo entiende que el magistrado instructor del caso tiene "un razonable margen", para apreciar los hechos. Según este razonamiento, el juez debería inculpar a Serra y García Vargas sólo si considerase "verosímil o fundada" la denuncia presentada por Luis Roldán, ex director general de la Guardia Civil.
Roldán denunció ante el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que el informe Crillon se pagó con 100 millones de pesetas procedentes de los fondos reservados asignados al Cesid. Roldán aseguró también que el informe había. sido encargado por Serra a la agencia norteamericana de detectives privados Kroll.
Aforados
Garzón remitió el caso al Tribunal Supremo por no ser competente en cuestiones relacionadas con delitos cometidos por personas aforadas -aquéllas que sólo pueden ser juzgadas por el Tribunal Supremo en razón de su cargo-, como es el caso de Serra o García Vargas. Posteriormente, el Supremo consideró imputado al propio Roldán, quien había denunciado los hechos, y no a los denunciados Serra y García Vargas.
El fiscal Benéytez recurrió dicha decisión por considerar incoherente "conceder la cualidad de imputado a quien denuncia unos hechos sólo porque aparezca como cooperador y, en cambio, denegar tal cualidad a los denunciados".
La Sala Segunda del Supremo rechazó a principios de julio la pretensión de Mario Conde de actuar como perjudicado.
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