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Una sentencia obliga a Defensa a oír a los inquilinos de casas militares

El programa de casas militares del Ministerio de Defensa, que afecta a los usuarios de unas 45.000 viviendas en toda España, puede sufrir un serio retraso como consecuencia de una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

Esta sentencia, que ha sido recurrida por el abogado del Estado ante el Tribunal Supremo, anula una resolución de la Secretaría de Estado de Administración Militar, de 28 de julio de 1992, por la que se clasificaban de apoyo logístico una serie de viviendas militares. Dicha clasificación supone que sólo pueden ocuparla los militares en activo a los que les sea adjudicada.

La Audiencia Nacional considera que Defensa no respetó "el esencial trámite de audiencia" previa a los interesados, "lo que les ha privado de oponerse durante la tramitación del expediente, causándoles indefensión", por lo que declara el acto "nulo de pleno derecho".

El recurso fue interpuesto por José Conde Monge, como presidente de la Hermandad de Personal Militar en Situación Ajena al Servicio Activo (Hepermisa). La misma asociación ha recurrido otras nueve resoluciones de Defensa por las que se han declarado de apoyo logístico más de 30.000 viviendas militares.

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