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Bancos y caías de ahorros deberán destruir de sus ficheros los datos sobre la salud de sus clientes

Las entidades financieras, bancos y cajas de ahorro, tendrán que dejar de recabar datos sobre la salud de los solicitantes de créditos hipotecarlos para la confección de un seguro de vida que suele ser condición necesaria para la concesión de dicho crédito. La Agencia de Protección de Datos ha dictado una instrucción por la que se prohibe este tipo de práctica habitual por parte de bancos y cajas y se obliga a separar claramente cada uno de los contratos que debe firmar el cliente. Bancos y cajas deberán de los datos sanitarios que tengan en sus ficheros en el plazo de un mes

.Buena parte de las entidades financieras pone como condición para formalizar un crédito hipotecario que los solicitantes suscriban un seguro de vida por el importe de dicho crédito en el que figure como la entidad que concede el préstamo. Esta garantía, suplementaria a la del propio bien, es considerada como innecesaria por algunos juristas y no ajustada a derecho por otros, aunque en todo caso se reconoce la potestad de las entidades financieras de establecer el nivel de garantías que consideren pertinentes a la hora de proporcionar financiación.

Pero lo que no es admisible es lo que ocurría hasta ahora: el propio banco o caja de ahorros recababa, a través del formulario tipo que cada uno confecciona, datos sobre la salud de los clientes que la ley de protección de datos considera como "especialmente protegidos".

Información personal

Preguntas como %Tiene alguna alteración física o funcional? ¿Le ha sido realizada alguna transfusión de sangre antes de 1987? ¿Le han hecho o recomendado facultativamente un test del sida? ¿Cuándo? ¿Con qué resultado? ¿Está usted en estado de gestación? ¿De cuántos meses?..." son corrientes en los formularios de las compañías de seguros vinculadas a las entidades financieras y que son rellenadas por los solicitantes en presencia -y en muchos casos colaboración- de los empleados de bancos y cajas que tramitan las solicitudes de créditos hipotecarios.

El derecho a la intimidad, a la protección personal, se considera claramente vulnerado por este tipo de prácticas por entender que no son los bancos, ni sus empleados, quienes pueden tener acceso a este tipo de información; prácticas a las que la Agencia de Protección de Datos va a poner término ahora. La Agencia ha dictado una instrucción, que se publicará próximamente en el Boletin Oficial del Estado, y que a partir de ese momento será de obligado cumplimiento, por la que todas las entidades de crédito que tengan información sanitaria personal correspondiente a contatos de seguro de vida incluidos en ficheros, automatizados o no, deberán cancelarlos en el plazo de un mes, informa la agencia Efe.

La instrucción señala que, a partir de ahora y sea cual sea el modo de recogerlos datos que la entidad financiera tenga para la suscripción de un seguro de vida, debe hacerse constar expresamente el compromiso de la entidad de crédito de que los datos obtenidos serán utilizados solamente por la aseguradora. En todo caso el cliente debe dar su consentimiento por separado a los dos contratos -el del seguro de vida y el del crédito hipotecario- dado el tratamiento distinto en cuanto a la información de ambos.

La Agencia no entra en si las aseguradoras plantean todo ese tipo de preguntas. Se supone que los cuestionarios son evaluados por personal médico competente que está obligado a la confidencialidad.

Buena parte de las entidades financieras han generalizado en los últimos tiempos la suscripción de un seguro de vida como condición para la concesión de un préstamo hipotecario.

Cuando se plantea que precisamente este tipo de préstamos lleva la garantía incorporada -se concede el 80% del valor de la vivienda pero la garantía cubre toda la vivienda-, se señala en buena parte de los bancos y cajas que "en realidad, proponer [nunca se reconoce que es necesario suscribirlo para llegar a tener el crédito] que se suscriba un seguro es para evitar preocupaciones a los familiares" afirmando que "no se quiere añadir a la muerte un problema adicional como es pagar una hipoteca".

Este razonamiento tiene el inconveniente de que se olvida que nunca se da a elegir a los familiares entre la indemnización del seguro o la propiedad del piso ya que el beneficiario del seguro es la entidad financiera y no los herederos.

En realidad el seguro de vida viene a eliminar los problemas legales de ejecución de la hipoteca, en el hipotético caso de que deje de pagarse el crédito, y los que bancos y cajas pueden tener si se hacen con un parque de viviendas excesivo como consecuencia de impagos de créditos hipotecarios.

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