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La juez Ferrer tiene ya indicios suficientes para procesar a Roldán por cohecho y otros delitos

Ana Ferrer, juez de instrucción número 16 de Madrid, tiene ya indicios suficientes para inculpar al ex director de la Guardia Civil Luis Roldán por los delitos de cohecho (concretamente, la recepción de comisiones por construcción de casas cuartel), malversación de fondos públicos y otros de los siete que se le imputan durante el desempeño de su cargo al frente del instituto armado. Ante la consolidación de los indicios y la peculiaridad de la declaración prestada por Roldán ante el juez central de instrucción número 5, Baltasar Garzón, y remitida por éste a la juez Ferrer, fuentes próximas a la investigación estiman que tal declaración no interesa al caso y será devuelta a Garzón.

La madurez de la investigación realizada por la juez Ferrer, de acuerdo con los fiscales del caso, Daniel Campos y Alejandro Luzón, ha permitido transformar en sumario las diligencias previas iniciadas antes de la fuga de Roldán.El sumario incoado en los últimos días permitirá ya avanzar en una dirección más concreta en la investigación de los siete delitos que se imputan al ex director general de la Guardia Civil: cohecho, prevaricación [dictar resolución injusta a sabiendas], fraude, tráfico de influencias, falsedad en documento, malversación de fondos públicos y delito fiscal.

La resolución de la juez Ferrer por la que confirmó hace unos días la prisión incondicional de Roldán ha mantenido la imputación de los siete delitos mencionados. En el auto en el que confirma el encarcelamiento, la magistrada ha declarado que las circunstancias que han podido rodear la detención de Roldán no influyen en la imputación de todos los delitos ni en su situación de prisión.

La juez Ferrer razona que los indicios de criminalidad del prófugo preexistían a su detención en relación con los delitos imputados.

Sin embargo, es probable que, según avancen las investigaciones, algunos de los delitos que se le imputan sean subsumidos en otros. Así, es posible que algunas de las conductas que se investigan desemboquen en acusación de tráfico de influencias o prevaricación, pero no en ambos delitos. Igualmente, según fuentes jurídicas, algunas de las cantidades irregularmente percibidas no incurrirán en delito fiscal si su ilicitud es palmaria, ya que "cuando un ladrón roba 100 millones, no se le acusa de no declararlo a Hacienda".

Confirmación de pagos

Desde el punto de vista de la investigación judicial y fiscal del caso Roldán, el considerable avance realizado guarda relación con el reconocimiento, por parte de varios directivos de las empresas constructoras de casas cuartel de la Guardia Civil que participaron en los delitos de cohecho, de la autenticidad de las entregas de comisiones a Roldán.

La seguridad de que Roldán recibió elevados importes en concepto de comisiones y algunos de los procedimientos irregulares realizados para obtenerlos despejan las dudas iniciales sobre su implicación en tales delitos. Del mismo modo que, por el momento, la investigación ha demostrado también que Roldán no se apropió del dinero de los huérfanos de la Guardia Civil, sino de la parte que correspondía a fondos del Estado.

Los indicios que obran en poder de la juez Ferrer hacen innecesario, según las mismas fuentes, que el imputado declare. Por el momento, se ha negado a hacerlo ante dicha magistrada, pero eso no representa ningún obstáculo para que la instrucción sumarial siga su curso y para que en las próximas semanas se produzca la resolución por la que Roldán sea procesado.

En principio, la juez Ferrer no tiene previsto tomar declaración a Roldán, aunque tanto ella como los fiscales del caso y las acusaciones recibirían de buen grado un cambio de actitud del detenido, para que "todo lo que tenga que decir sobre su caso lo diga en ese juzgado", señaló una de las fuentes.

En caso de que Roldán siga haciendo uso de su derecho a no declarar contra sí mismo, la investigación proseguirá sin ese trámite. Si, por el contrario, Roldán admite defenderse mediante su declaración exculpatoria ante la juez, se verá sometido también a las preguntas de las partes y de la propia magistrada.

Fuentes jurídicas consideran que los abundantes indicios existentes contra él hacen que los abogados de Roldán le desaconsejen una declaración ante la juez que ha investigado el caso, ya que tal trámite no aportará nada desde la perspectiva de su defensa y podría incriminarle aún más.

Por lo que se refiere a la percepción irregular de cantidades procedentes de los fondos reservados del Ministerio del Interior, la investigación ha permitido acreditar, por el momento, que Roldán se apropió de 200 millones de pesetas. De ahí que la declaración voluntariamente prestada por Roldán ante el juez Garzón, y remitida por éste a la juez Ferrer, no aporte nada nuevo a la investigación del caso Roldán, por lo que ésta será devuelta al juez instructor de la Audiencia Nacional.

Otro de los motivos de la devolución es, según fuentes jurídicas, la escasa utilidad procesal de la declaración prestada ante el juez Garzón. Aparte del legítimo objetivo del detenido de autoprotegerse mediante la denuncia de las conductas de otros altos cargos en relación con los fondos reservados, la declaración del ex director de la Guardia Civil a Garzón es de difícil utilización en el caso Roldán.

Autoinculpación

Tales fuentes aseguran que la pulcritud jurídica con que la juez Ferrer realiza su trabajo le impediría emplear contra Roldán su propia declaración, incluso en la parte autoinculpatoria, sin haberse producido con la necesaria contradicción y participación de todas las partes personadas. Aquella declaración, para su validez, exigía que aparte del fiscal, hubieran tenido asimismo ocasión de formular preguntas al declarante el abogado del Estado y los más de 10 letrados de las acusaciones y de las defensas.

Es más, al haberse negado Roldán a declarar sobre los delitos que le imputa la juez Ferrer, la incorporación al proceso de una declaración suya en otra causa, en la que está inculpado por un delito distinto -falsedad en documento oficial, los famosos papeles de Laos- no valdría para nada porque no podría utilizarse en su contra. Incluso existen dudas sobre si su incorporación a la causa podría viciar un procedimiento en el que Roldán se acogió a su derecho constitucional a guardar silencio sobre los delitos por los que le preguntó la juez Ferrer.

En cuanto a la investigación sobre los llamados papeles de Laos, la juez Ferrer continúa investigando todo lo que guarda relación con el caso Roldán, que a ella le corresponde, y si comprueba que existen aspectos ajenos los remitirá a la instancia adecuada.

Por otro lado, el abogado del Estado ha pedido al magistrado Garzón que remita a la juez Ferrer el caso sobre la presunta falsedad de los documentos de Laos.

Por su parte, el recurso del fiscal contra la negativa de la juez de instrucción de Madrid María Tardón a reclamar la investigación sobre los papeles de Laos a Garzón será resuelto en las próximas semanas por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial, que preside el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez.

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