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El Congreso elimina la rotación de firma auditora prevista cada nueve años

Las empresas de auditoría han recuperado la regulación anterior a la Ley de Auditoría vigente en lo que se refiere a la relación temporal entre auditor y auditado. El Congreso aprobó el pasado jueves la nueva Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y, con ella, una disposición adicional que suprime el artículo octavo de la Ley de Auditoría de Cuentas (aprobada en 1988) y el artículo 204 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (de diciembre de 1989), artículos que imponían a las empresas la obligación de cambiar de sociedad auditora cada nueve anos. Faltaban tres años para que se produjese la primera rotación prevista por la Ley, rotación que ahora ha quedado anulada.Eliminada la restricción de los nueve años, con la aquiescencia de casi todos los grupos políticos y a instancias de Convergencia i Unió, las empresas deberán mantener una relación contractual mínima de tres años con las empresas auditoras. Después de ese plazo, la renovación se podrá realizar anualmente. Esta era la normativa vigente hasta que se aprobó la Ley de Auditoría.

En la práctica, el retorno a la regulación anterior equivale a que cada empresa tenga un auditor para siempre. "las empresas rara vez cambian de auditor, porque consideran que ese cambio puede ser malinterpretado por el mercado", informan expertos en auditoría.

La enmienda que anula la rotación de firma auditora cada nueve años ha sido severamente criticada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), cuyos responsables consideran que se ha practicado "una contrarreforma". La norma habitual en casi todos los países anglosajones, adelantados en todo lo que se refiere al control externo de las empresas, establece legalmente la práctica de cambiar de socio y equipo auditor en cada empresa al cabo de plazos variables, aunque no de firma auditora. Fuentes de las auditorías han manifestado además su extrañeza por el método empleado para suprimir la rotación, ya que no se ha planteado mediante una reforma directa de la Ley de Auditoría, sino a través de una ley colateral.

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