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TRIBUNALES

El Supremo eleva tres condenas al calificar el éxtasis como droga dura

El Tribunal Supremo ha elevado de cinco a ocho años de prisión la pena de tres condenados por tráfico de éxtasis, y de seis meses a cuatro años la de un cuarto hallado culpable del mismo delito, al considerar que esta droga es "dura" y no "blanda" como estimaba una sentencia de la Audiencia Nacional, dictada el año pasado, que queda anulada. Esta sentencia consideraba el éxtasis como no gravemente dañino para la salud, lo que provocó una gran polémica sobre la calificación penal de las drogas y el conocimiento de las llamadas de diseño.Las reacciones contra la sentencia de la ministra de Sanidad, María Ángeles Amador, y del entonces delegado general del Plan Nacional sobre Drogas, Baltasar Garzón, originaron una polémica en la que se mezclaron diferentes argumentos sobre las drogas de diseño e incluso reabrieron el debate sobre la propuesta de legalización del consumo de drogas.

La polémica quedó ya resuelta los pasados meses de junio y julio con dos sentencias en las que el Tribunal Supremo sentaba doctrina en esta materia al mantener que el éxtasis es una droga dura.

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