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Pascual Sala: "El secreto profesional no puede amparar un delito"

El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Pascual Sala, manifestó ayer que cuando una información constituya objetivamente delito, "no puede quedar esta responsabilidad criminal destruida por la simple alegación del secreto profésional". Sala explicó su postura en torno a la futura ley de cláusula de conciencia de los periodistas y del secreto profesional, en el transcurso de una comparecencia en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados.En la proposición de ley actual se contempla que, en las informaciones relacionadas con la seguridad del Estado, el juez puede obligar al periodista a revelar sus fuentes. A este respecto, el presidente del Poder Judicial dijo que si se acepta una excepción al secreto profesional, "hay que hacer unas cuantas excepciones más" y citó las informaciones relacionadas con delitos contra la vida e integridad física de las personas.

Destacó igualmente que el hecho de ocultar las fuentes, en informaciones que constituyan delito, "podría constituir delito" por parte del periodista.

También opinó que una información "mendaz" y no "veraz", no debe quedar amparada por el secreto profesional.

En cuanto a las informaciones que pudiesen ser constitutivas de delitos de injurias, dijo que no deberían ser delito cuando el periodista pueda demostrar la veracidad de sus afirmaciones.

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