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El sexo y la violencia televisados se convierten en asunto del Gobierno

El Congreso aprobó ayer, con carácter definitivo, la ley por la que se incorpora al derecho español la directiva comunitaria de "televisión sin fronteras". En ella se atribuye al Ministerio de Obras Públicas el control e inspección de todas sus disposiciones, incluidas las escenas pornográficas o de "violencia gratuita", que no podrán emitirse entre las seis de la mañana y las diez de la noche como protección a la infancia y la juventud.

¿Y quién va a decidir en qué consiste la "violencia gratuita"? También el Gobierno, al que la ley faculta para desarrollar la ley y castigar las infracciones, con penas que en ningún caso pueden llegar a cancelar la concesión de una televisión. Se exceptúan del posible castigo gubernamental los canales autonómicos, que dependerán para ello del poder de sus comunidades.La ley española toma así un camino distinto al seguido en Francia o el Reino Unido, donde la autoridad audiovisual está configurada de manera más independiente. A juicio de Diego López Garrido, portavoz adjunto de Izquierda Unida, "lo que hace falta en España es una ley general de la comunicación, que configure una autoridad audiovisual dependiente del Parlamento".

El criterio de diferenciar autoridad reguladora y Gobierno es compartido por el Partido Popular, aunque con otro contenido. Sus portavoces en materia audiovisual -Javier Arenas, Ana Mato- propugnan que las televisiones privadas no sean consideradas un servicio público y que se regulen por medio de una autoridad formada por personalidades no vinculadas directamente a la política.

Mientras madura ese debate, la ley aprobada ayer por el Congreso limita la capacidad de acción de las cadenas de televisión, tanto en lo que se refiere a la libertad de programar como a la hora de organizar su negocio publicitario.

Se establece en diecisiete minutos por hora el tiempo máximo de publicidad que puede emitirse, incluida la promoción propia y la teletienda. La reordenación afecta no tanto al tiempo total de publicidad, como a las restricciones para patrocinio de programas, uso de transparencias y publicidad encubierta. Se prohíbe la interrupción con publicidad de programas informativos, documentales, religiosos e infantiles con duración inferior a treinta minutos, aunque se da un año de plazo para cumplirlo. La publicidad de patrocinadores no puede incitar a los espectadores a comprar o contratar.Prudencia en los afectados

A pesar de haber protagoniza do uno de los escándalos más recientes -la emisión de Curvas peligrosas, una serie de acción con escenas de sexo en horario infantil-, Antena 3 Tele visión se siente más afectada por el recorte de posibilidades publicitarias que por las limitaciones respecto a emisión de pornografía y violencia. "La nueva ley permitirá racionalizar las tarifas y los descuentos, aunque es restrictiva en cuanto a los usos publicitarios", comenta Javier Gimeno, consejero delegado de la cadena. "Nos parece acertada en cuanto al concepto de protección de la infancia, siempre que se aplique de manera flexible: en las películas hay contenidos de tono violento y los informativos generan, necesariamente, escenas violentas".

Carlos Mínguez, portavoz de RTVE, reiteró la voluntad del ente de aplicar la normativa de inmediato. Canal + no se considera afectado, dado que su señal se distribuye codificada e informa a sus abonados de cada película con antelación.

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