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Belloch propone multas en vez de cárcel para la mayoría de los delitos de opinión

El nuevo proyecto de Código Penal rebaja las penas por injurias al Rey y al Gobierno

El proyecto de Código Penal que ultima el ministro de Justicia, Juan Alberto Belloch, con sus asesores elimina toda pena para las injurias leves y suprime la de cárcel para las injurias graves, delito que castiga con multas. Las imputaciones calumniosas o injuriosas sólo se castigarán cuando exista "conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad", según fuentes del Ministerio de Justicia. El borrador actual del Código Penal mantiene la pena de cárcel para las injurias graves contra el Rey, el Gobierno y otros altos cargos, pero disminuye su cuantía.

No sólo desaparece el intento de introducir el delito de difamación -como hizo el anteproyecto- o su disfraz -como intentó el proyecto de 1992-, sino que quedarán excluidas y, por tanto, sin pena, las injurias leves por escrito y con publicidad, hasta ahora castigadas con multa de hasta dos millones de pesetas. Contra esta conducta podrá reclamarse en vía civil.El proyecto mantiene la figura de la calumnia, como falsa imputación de un delito, y castiga las injurias graves, tanto las que atribuyan a una persona hechos que perjudiquen su honorabilidad, como las que lesionen su dignidad. La prueba de que los hechos imputados son verdad excluirá la pena.

Para penalizar las calumnias y las injurias, el proyecto exige que el autor conozca la falsedad de los hechos que imputa o muestre un temerario desprecio hacia la verdad. Cuando actúe con diligencia para comprobar su información no será condenado, aun cuando la noticia sea inexacta y ofensiva.

La sustitución geñeralizada de las penas de cárcel por sanciones pecuniarias para los delitos de opinión tiene como excepción la calumnia reiterada y con publicidad. Para este delito -castigado actualmente hasta con seis años de cárcel y multa de un millón de pesetas-, el proyecto de Código Penal de 1992 establecía pena de seis meses a dos años de cárcel y multa (según la situación económica del condenado) desde 162.000 hasta 216.000 pesetas o desde 16,2 millones hasta 36 millones de pesetas. El proyecto de 1994 prevé para tales calumnias la misma pena de cárcel, pero el juez podrá sustituirla, alternativamente, por la de multa desde 36.000 hasta 144.000 pesetas o desde nueve hasta 36 millones.

En cambio, el proyecto de 1994 no prevé alternativa a la pena de cárcel cuando se trata de injurias graves al Rey, Gobierno, CGPJ, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y máximos órganos ejecutivos o judiciales de las comunidades autónomas, castigadas actualmente con penas de seis a 12 años de cárcel. El proyecto rebaja la pena de uno a tres años de cárcel y establece, para las injurias no graves,. multa de 72.000 a 144.000 pesetas o de 18 a 36 millones, según la fortuna del condenado.

La pena para las injurias graves contra el Gobierno y altos organismos, que el proyecto de 1992 establecía en uno a cuatro años de cárcel, se rebaja desde seis meses a dos años de privación de libertad. Además suprime la pena de cárcel para las injurias menos graves.

La protección penal es menor para las Cortes Generales. El proyecto de 1992 las castigaba con seis meses a dos años de cárcel, pero el actual prevé sólo una de multa, de entre 72.000 y 108.000 pesetas y desde 18 hasta 36 millones de pesetas.

El proyecto actual de Código Penal mantiene la polémica pena de inhabilitación de periodistas, que el ministro de Justicia explica no como la privación de un derecho fundamental, sino como "una forma razonable de defender la libertad de expresión". Belloch propone aplicar la inhabilitación a los periodistas sólo cuando hayan cometido el delito mediante precio, recompensa o promesa, casos en los que la considera "una medida ecológica para la propia profesión". A pesar del enfoque del proyecto de 1994, más acorde con la relevancia constitucional del derecho a la información, la aplicación de la inhabilitación resultará problemática en la práctica.

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