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Hacienda estudia rebajar las sanción máxima por fraude fiscal a la mitad, hasta el 150%

Las sanciones que se aplican por fraudes fiscales a cinco millones de pesetas en la actualidad y a 15 millones cuando se apruebe la reforma del delito fiscal, se reducirán a la mitad. Según el proyecto que estudia el Ministerio de Hacienda, las multas pasarán desde un máximo del 300% en la actualidad hasta el 150%. El anuncio de estas dos reformas ha provocado que los asesores fiscales aconsejen a sus clientes recurrir las sanciones con el fin de "parar el reloj" hasta que se apruebe el nuevo régimen sancionador y conseguir que se apliquen multas más suaves.

La decisión de rebajar las sanciones está adoptada. La conlusión a que se ha llegado en Hacienda es que la dureza de las multas tiene el efecto no deseado de alimentar el fraude. Se produce una reacción en cascada, de forma que cada vez hay más resistencia a aflorar porque el precio a pagar es muy alto. No se firman actas en conformidad y se recurre ante los tribunales, lo cual retrasa el coro de la deuda. La experiencia, además, es que los jueces son reacios a imponer las sanciones que propone Hacienda.Las sanciones en la actualidad tienen un límite máximo del 300% de la cantidad defraudada en la vía administrativa. Ésta opera en fraudes inferiores a cinco millones de pesetas o a 15 millones próximamente, cuando se apruebe la reforma del delito fiscal. A partir de esas cantidades, el fraude se castiga por la vía penal. De momento, para Haciena tiene prioridad la modificaión del delito fiscal, aunque inmediatamente después se aprobará el nuevo régimen sancionador para que ambas reformas vayan prácticamente en paralelo. La reforma del régimen sancionador debería ir incluida en la nueva Ley General tributaria, aunque no se descarta que sea anterior.

Tal como está diseñado el actual régimen sancionador, en a práctica es muy frecuente que las sanciones lleguen a ese límite máximo del 300%. Ahora existe una casuística muy amplia que va desde el perjuicio económico para la Hacienda pública, la obtención indebida de devoluciones, la mala fe, anomalías en la contabilidad, facilitar datos o informes falos, falsear el volumen de opeaciones, resistencia a la actuaión inspectora y reincidencia.

Primar la conformidad

Cada uno de estos supuestos suma 50 o 100 puntos porcentuales en la mayoría de los casos, de forma que es muy fácil que se llegue al 300% que opera siempre como límite máximo e la sanción.

Ahora lo que se pretende es colocar ese límite máximo en el 150%, con la referencia de que la media en los países cercanos es del 100%. También se estudia modificar el límite mínimo, ahora en el 50% y que podría llegar al 40% cuando se firme el acta en conformidad.

En la actualidad, cuando el defraudador se muestra dispuesto a pagar, la multa se reduce en 50 puntos porcentuales. Ahora de lo que se trata es de primar la conformidad por lo que la sanción quedaría reducida al 40% de la deuda y desaparecerían los demás agravantes.

El anuncio de estas dos reformas -régimen sancionador y delito fiscal- ha provocado, por otra parte, que los asesores fiscales estén recomendando a sus clientes que recurran cualquier sanción, tanto administrativa como penal porque si las dos modificaciones se aprueban en poco tiempo y el proceso de inspección no ha concluido, se aplicará la norma más favorable al encausado.

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