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El ministro de Economía, dispuesto a revisar la contabilidad para ajustarse a las exigencias del Tribunal de Cuentas

El ministro de Economía, Pedro Solbes, afirmó ayer que ha planteado a los diferentes ministerios que expongan las alegaciones oportunas ante las precisiones que ha hecho el Tribunal de Cuentas por haber aplicado de forma incorrecta los criterios de contabilidad. Según Solbes, "estamos más bien ante un tema técnico que se resolverá sin demasidas dificultades. "No estamos hablando para nada de ocultaciones de cifras sino de contabilidad diferente", dijo.El ministro, preguntado sobre la posibilidad de cambiar los métodos de contabilidad, contestó que "no necesariamente hay que cambiarlo", aunque admitió: "Tenernos que ver todavía si la interpretación que hemos hecho de la legislación actual es correcta, y si no es así y tiene razón el Tribunal analizaremos en qué medida es necesario modificar las actuales prácticas contables".

[El portavoz del Grupo Socialista en el Congreso y ex ministro de Economía, Carlos Solchaga, negó la existencia de irregularidades en la contabilidad pública de 1990 (con él al frente del departamento), informa Efe. Solchaga afirmó que "el Gobierno siempre ha aplicado los criterios contables de la Intervención General del Estado de manera autónoma e independiente.]

El coordinador de la Comisión Mixta del Tribunal de Cuentas, el socialista Fernando Gimeno, desmintió ayer "rotundamente" la existencia de un déficit de 1,4 billones de pesetas no reconocido en el presupuesto de 1990, como mantuvo anteayer en el Congreso el presidente de este tribunal, Adolfo Carretero. Según Gimeno, la contabilidad nacional (que mide tanto las obligaciones como los derechos reconocidos) recoge todos los gastos e ingresos del ejercicio.

Según Gimeno, no se trata de cantidades que estén "debajo de la alfombra", sino de que "el Tribunal de Cuentas no está de acuerdo con algunos aspectos de la normativa contable en vigor". Añadió que el tribunal de Cuentas "debe diferenciar entre la aplicación de las normas y la opinión que éstas le merecen".

El diputado socialista explicó que "hasta el ejercicio de 1990 las diferencias entre el Tribunal de Cuentas y la Intervención General del Estado se debían a que el primero consideraba que los intereses devengados y no vencidos de la deuda debían imputarse en el ejercicio de devengo y no a su vencimiento". Añadió que "el criterio normativo. obliga a que estos intereses se computen en el vencimiento". Lo mismo pasaba, dijo, "en las devoluciones de impuestos".

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