El 'éxtasis' no causa grave daño a la salud, según la Audiencia Nacional
La Audiencia Nacional, en una sentencia conocida ayer, señala que el éxtasis es una droga que no causa grave daño a la salud y la diferencia de la píldora del amor, a la que erróneamente se ha llamado por el mismo nombre. Por ello ha rebajado en un grado la pena a imponer a dos traficantes de la citada sustancia, A. A. C. R. A. y J. M. N., y les ha condenado a penas de 5 años y multa de 52 millones de pesetas cada uno.
La decisión de la Audiencia se ha basado en la prueba pericial practicada durante el juicio en la que un grupo de peritos encabezados por Alexander T. Shulgin, profesor en la Universidad americana de Berkeley, y José María Poveda, profesor de psiquiatría de la Autónoma de Madrid, diferenciaron ambas drogas. El éxtasis es metilendioximetanfetamina, es decir MDMA, y distinta del metilendioxianfetamina, o MDA, conocida como droga del amor y, en algún tiempo, también como éxtasis.
Los peritos explicaron que los efectos del MDMA son distintos y en gran medida opuestos a los de las anfetaminas y menos fuertes que los del MDA. Respecto a esos efectos la sentencia recoge: "No son claramente alucinógenos, consisten en provocar anormales sentimientos perceptivos de aumento de la agudeza visual, acústica y tactil, sentimientos emocionales artificialmente placenteros y sentimientos sociales de mayor empatía; no se origina conocidamente dependencia física ni psíquica; la vida de los efectos es muy corta, entre dos y tres horas; no se conoce que produzca deterioro orgánico permanente ni psicopatologías valorables".
Los peritos señalaron también que el MDMA fue sintetizado por primera vez en diciembre de 1912 y que estuvo patentada y disponible en mayo de 1914.En 1985, la ONU acordó calificarla como droga peligrosa.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Siro García, precisa que era MDMA la droga ocupada a los traficantes valencianos, que la vendían en cápsulas o en comprimidos con una riqueza de alrededor del 17% a 2.500 pesetas por 0,6 gramos.
Para Jaime Sanz de Bremond, abogado que sostuvo la diferencia en los tipos de éxtasis, declaró ayer a este periódico: "La sentencia no sólo es importante por el precedente que sienta respecto del éxtasis, al considerar que no causa grave daño a la salud, sino porque por primera vez se distingue claramente entre éste y la llamada píldora del amor (MDA) que aparentemente es más tóxica. Es importante que se sepa que lo que se vende en la calle y en las rutas del bacalao como éxtasis puede ser en realidad sustancias más dañinas".
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