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Tribuna:LAS REGLAS DEL JUEGO DEMOCRÁTICO
Tribuna
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La reforma constitucional argentina

Parece haber una coincidencia general en que la reforma constitucional aprobada por el Congreso argentino el pasado 28 de diciembre tiene por finalidad el garantizar la reelección de Carlos Menem, en 1995. Y no hay duda de que esa aspiración fue lo que llevó al presidente a pactar con su principal rival y antecesor en el cargo, Raúl Alfonsín, los términos en que debían realizarse los cambios en el texto fundacional del Estado.Alfonsín, dando prueba de realismo y de inteligencia política, y pese a la oposición de un amplio sector de su propio partido, dio el paso adecuado para evitar la convocatoria de un referéndum que Menem hubiese ganado por aplastante mayoría, y para introducir modificaciones en la Constitución por las que había venido luchando durante años para transformar las estructuras electoral y del Gobierno. Por ende, las interpretaciones de la reforma que apuntan en exclusiva a las ambiciones personales del actual presidente resultan políticamente coyunturales e históricamente limitadas.

Es cierto que la nueva Constitución argentina, cuya ratificación por el Senado y por la Convención Constituyente convocada a tal efecto, instancias en las que el justicialismo gobernante tiene asegurada una cómoda mayoría, permitirá la reelección de Menem. Pero ya no por un periodo de seis años, que era hasta ahora el lapso de permanencia en el poder del titular del Ejecutivo, sino por uno de cuatro. Es decir, que se pasa de una única etapa de gobierno de seis años a la posibilidad de dos de cuatro. A la vez, se introduce una división de funciones en el Ejecutivo que diluye el tono esencialmente presidencialista del sistema de gobierno de los argentinos mediante la creación de una nueva figura: la del jefe de Gobierno. El presidente, como en todo régimen republicano, posee en Argentina las atribuciones del jefe del Estado. No obstante, hasta la fecha ejercía también todas las funciones de un presidente de Gobierno o un primer ministro. A partir de la reforma, estas últimas se repartirán. Ello, como demuestra la experiencia francesa, es un seguro de estabilidad, cosa importantísima en un país en el que la democracia, al cabo de medio siglo de golpes de Estado, dista aún mucho de gozar de buena salud. Además, es un factor de flexibilización en las relaciones entre partidos, a los cuales impone el consenso en cuestiones básicas.

El papel del presidente se verá igualmente reducido al limitarse sus poderes en la promulgación de decretos de necesidad y de urgencia.

Para reforzar su representatividad, sin embargo, la reforma atiende a aspectos electorales definitorios: por una parte, se pasa de la designación del presidente y del vicepresidente por un colegio electoral a la elección directa de ambos; por otra, se instituye una segunda vuelta en el caso de que ninguno de los candidatos presentados alcance en la primera el 45% de los votos.

Asimismo, la nueva Constitución consolida y desarrolla el carácter federal de la organización del Estado argentino, al aumentar de dos a tres el número de senadores por provincia, e incorporar la elección directa de los mismos, incrementado y democratizando la representación territorial. También el cargo de intendente (alcalde) de Buenos Aires -en cuya jurisdicción vive un importante núcleo de población, tienen su sede las instituciones del Estado y se desarrolla la casi totalidad de las transacciones comerciales de Argentina-, que era de designación presidencial, se convierte en cargo electivo, como lo es en el resto de las ciudades del país. La creación de un Consejo de la Magistratura, capacitado para nombrar candidatos a jueces, abre las puertas de la reestructuración de un poder judicial enormemente desprestigiado por la corrupción y la perpetuación en sus puestos de magistrados ascendidos durante la dictadura militar.

Por último, en un gesto de respeto por la realidad de un país fundado en la inmigración de gentes de los más diversos orígenes, la reforma deroga el requisito de que el presidente sea católico apostólico romano, condición que ha de haber pesado decisivamente en la conversión de más de un candidato y de más de un gobernante: los antepasados de Arturo Frondizi fueron judíos, y Carlos Menem profesó la fe musulmana hasta iniciar su carrera política.

La reforma constitucional aprobada por los diputados argentinos va, pues, bastante más allá de una simple enmienda destinada a autorizar la permanencia en el poder del actual presidente durante otros cuantos años: afecta a la estructura del Estado, y lo hace en un sentido positivo, contemplando las necesidades y la evolución de la sociedad.

Esto no convierte a Carlos Menem en un demócrata de raza ni desbarata sus ambiciones: simplemente, fija con una mayor precisión las reglas del juego democrático en Argentina, extendiendo su alcance y reduciendo el margen de impunidad de los cargos públicos. En los próximos años, cuando las debilidades de la economía mundial y la naturaleza irremediablemente provisional del Plan Cavallo golpeen con fuerza sobre los bolsillos de los argentinos, hará falta una democracia muy estable, muy asentada en la conciencia cívica, para que no prosperen las iniciativas de cuartel.

Horacio Vázquez Rial es escritor.

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