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El Gobierno aprueba el recorte del seguro de paro ignorando las principales propuestas del CES

Jesús Mota

El Gobierno aprobó ayer el anunciado recorte de la protección por desempleo haciendo caso omiso de la mayor parte del dictamen que el Consejo Económico y So cial (CES) había emitido el jueves, y que consideraba excesivas algunas de las propuestas del Ejecutivo. La única sugerencia importante del CES aceptada es la que deja la prestación mínima para parados con hijos a su cargo en el 100% del salario mínimo, en lugar de rebajarla al 75%. El Gobierno aprobó también un paquete de medidas fiscales de apoyo a la creación de pequeñas y medianas empresas.

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El Gobierno aprobó definitivamente que la prestación mínima para parados sin hijos a cargo sea del 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), rebajando así el límite anterior, que era del 100%.El CES, en el informe que aprobó el jueves, entendía que "la cuantía del salario mínimo debe mantenerse, en todo caso, como límite inferior de la prestación contributiva".

Lo mismo sucedió con las indemnizaciones por despido. La decisión que el Gobierno adoptó ayer supone que los parados que hayan sido indemnizados por despido no podrán cobrar la prestación por desempleo durante un cierto tiempo, en el que tendrán que subsistir con la indemnización recibida.

El cálculo de este periodo se realizará dividiendo el importe de la indemnización por la base reguladora diaria de la prestación por desempleo. A la cifra resultante se le restarán 20 días.

Distinta naturaleza

El CES, por el contrario, recordaba al Ejecutivo que las indemnizaciones y las prestaciones por desempleo "tienen fundamentos distintos", y que de mantenerse esta medida en el texto final, debería aplicarse sólo a indemnizaciones que superen los topes establecidos por el Estatuto de los Trabajadores.Según el texto aprobado, ambas cantidades sólo serán compatibles cuando se cobre de una sola vez la prestación para constituir una cooperativa o sociedad anónima laboral.

También en contra de la opinión del Consejo, a partir del próximo 1 de enero los parados tendrán que cotizar a la Seguridad Social. El CES dictaminó que la obligación de cotizar "debería atemperarse en aquellos supuestos de prestaciones más bajas".

El ministro portavoz, Alfredo Pérez Rubalcaba declaró, tras el Consejo de Ministros que aprobó las medidas, que estas "tratan fundamentalmente de consolidar el sistema de protección por desempleo".

El límite de rentas de un parado para tener derecho al subsidio queda, en contra también del criterio del Consejo, en el 75% del salario mínimo.

Las cuantías máximas y mím1nas de las prestaciones por desempleo tras la pérdida de un trabajo a tiempo parcial serán proporcionales a las horas previamente trabajadas.

Connivencia empresarial

El texto aprobado ayer intenta también poner coto a la connivencia de los empresarios con los trabajadores para obtener indebidamente prestaciones por desempleo.El proyecto presume connivencia en los empresarios que den ocupación a trabajadores que disfrutan de prestaciones, o que las han solicitado, sin darles de alta en la Seguridad Social "con carácter previo al inicio de la relación laboral". El Gobierno ha decidido que, en el supuesto de infracciones muy graves, el empresario comete una infracción "por cada uno de los trabajadores aféctados".

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