El fiscal acusa a dos policías de Barcelona de imprudencia por la muerte de un detenido
El Ministerio Fiscal ha acusado a los policías José Borja Piña y José Sarriá Mayo, adscritos a la macrocomisaría de La Verneda, en Barcelona, de un delito de imprudencia con resultado de muerte en la persona del joven Felipe Cordero, de 24 años, cuando estaba detenido en las citadas dependencias policiales. Los hechos sucedieron el 14 de junio de 1990 cuando Felipe Cordero, toxicómano, se encontraba en los calabozos de La Verneda acusado de robar una moleta. Una vez allí, el joven, ocic afectado por el síndrome de abstinencia, empezó a gritar y a insultar a los dos agentes que custodiaban las celdas, según narra el fiscal en sus conclusiones provisionales, a las que tuvo acceso la Cadena Ser. Ante el estado de excitación que demostraba Cordero, los dos policías, encargados esa noche de la custodia de los calabozos, decidieron trasladarlo de la celda número 22 a la 25, que tenía méjores condiciones de insonorización. Durante el traslado, se produjo un forcejeo entre el joven y los agentes, quienes le sujertaron violentamente por el cuello con el objetivo de introducirlo en la celda. El fiscal considera que esta compresión en el cuello, combinada con la presencia de estupefacientes y sustancias depresoras en el sistema nervioso en la sangre del detenido, le ocasionaron una axfisia mecánica que le provocó la muerte. Los agentes se enteraron de que el joven había fallecido cuando fueron a despertarle cinco horas después de ocurridos los hechos. El escrito de acusación pública solicita que el Estado sea declarado responsable civil subsidiario. Testigo La familia de Felipe Cordero, que actúa como acusación particular, sostiene que los policías cometieron un delito de homicidio. Para apoyar, su tesis recuerdan que Felipe apareció colgado de su celda, como si alguien hubiera querido dar una apariencia de suicidio a su muerte. La Audiencia de Barcelona ordenó al juez instructor que se siguiera la instrucción contra los dos agentes por delito de homicidio. La Audiencia basaba su decisión en las declaraciones de una testigo, detenida también aquella noche, que aseguraba haber visto cómo uno de los agentes golpeaba a Felipe, a quien ordenó que fuera al lavabo para que se limpiara la nariz. El juez instructor negó meses antes el procesamiento de los dos policías al considerar que no existían suficientes indicios racionales para imputarles ese delito y se inclinó por el de imprudencia temeraria. El juez ordenó'meses después la prisión, con fianza de un millón de pesetas, para los dos agentes. Ahora, sin embargo, el fiscal ha optado por calificar los hechos como imprudencia temeraria, castigada con seis años de prisión frente a los 12 años con que se castiga el delito de homicidio.
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