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Zabalza admite que la regularización no exime de delito fiscal si el caso está ya en manos del juez

El secretario de Estado de Hacienda, Antoni Zabalza, admitió ayer en Santander que la regularización fiscal puede no beneficiar a aquellos contribuyentes que adquirieron deuda especial cuando ya estaban siendo inspeccionados y su expediente se encontraba en la vía penal. Las manifestaciones de Zabalza vienen a contradecir todas las tesis mantenidas hasta ahora por Hacienda, que siempre ha sostenido que la compra de deuda especial salda las cuentas pendientes con el fisco. El jueves fue condenado a seis meses y un día de prisión y una multa de 170 millones de pesetas un empresario de Lérida que había regulanzado su situación adquiriendo 600 millones de pesetas de deuda especial.

, Toda esta olémica se ha originado con un auto de la Audiencia Nacional que revocaba uno anterior del juez de delitos monetarios Miguel Moreiras. En su auto, la Audiencia sostiene que la regularización no exime del delito fiscal cuando la inspección está ya en marcha, aunque sí supone un atenuante.Este auto ha generado una gran polémica entre hacendistas y juristas, que ha aumentado de grado con la sentencia condenatoria contra el empresario leridano Florencio Solans Sangrà, consejero delegado de Piensos Gatnau. Solans fue absuelto de delito fiscal, pero condenado por delito administrativo por la juez titular del Juzgado Penal número 1 de Lérida, que le acusaba del impago de 170 millones de pesetas derivados de ocultar a Hacienda unos ingresos de 600 millones de pesetas en los ejercicios de 1984 y 1985. La juez se apoyaba en que la compra de deuda especial por el importe de las cantidades ocultadas eximían el delito fiscal.

El fiscal de la Audiencia Provincial de Lérida recurrió contra esta sentencia siguiendo las tesis de la Audiencia Nacional. La Audiencia leridana falló el pasado jueves en favor de las tesis del fiscal y condenó al empresario a seis meses y un día de prisión y a una multa de 170 millones de pesetas, informa .

Voluntarismo de Hacienda

El secretario de Estado de Hacienda señaló ayer en Santander que el ministerio está "dispuesto" a considerar todas las situaciones "para despejar cualquier tipo de inseguridad jurídica" de aquellos que han regularizado su situación y tienen pendiente un proceso por delito fiscal, informa Concha Martín.

Sin embargo, Zabalza aclaró que una cosa es la vía administrativa y otra la penal. En el primer caso, para todos los que regularizaron su situación antes del 31 de diciembre de 1991, ésta es válida aun cuando exigiera un proceso de inspección abierto y siempre que la correspondiente acta no estuviera firmada.

El secretario de Estado admitió que en la vía penal es donde se plantean los problemas, ya que el reciente auto de la Audiencia Nacional "es complejo" y está siendo objeto de un estudio detenido por parte de Hacienda. Lo que parece claro, agregó Zabalza, es que el auto señala que "una vez iniciada la causa penal, no es posible regularizar la situación tributaria".

Días antes, el director general de la Agencia Tributaria, Jaime Gaiteiro, manifestó -también en Santander- lo contrario: que hasta que no estuviera cerrada la causa penal con una sentencia firme, eran válidas las regularizaciones efectuadas mediante la suscripción de deuda pública especial. Ésta había sido, además, la tesis mantenida por Hacienda en respuesta a las consultas que se le formularon en plena campaña de divulgación de la regularización fiscal, en el segundo semestre de 1991.

El auto de la Audiencia Nacional y el fallo de la Audiencia Provincial de Lérida han desatado una gran polémica. Fuentes empresariales señalan que no es aceptable que Hacienda llamara a una regularización que ahora puede no haber servido para casi nada a miles de contribuyentes que confiaron en su publicidad. José Manuel Díaz Arias, director del Foro de Abogados Tributaristas, calcula que esta situación puede afectar a unos 70.000 contribuyentes. En su opinión, la única solución a este problema jurídico es que el Gobierno apruebe la figura de la "excusa absolutoria" en el Código Penal, para que el juez exima de delito a quienes ya hayan regularizado su deuda tributaria.

El magistrado del Tribunal Constitucional Rafael Mendizábal opina que para evitar estas condenas se tiene que reformar el Código Penal, porque con la ley en la mano la compra de deuda no exime del delito cuando se ha llegado ya a la vía penal. Entre los contribuyentes afectados están los cerca de 40.000 tomadores de cesiones de crédito del Banco Santander, de los que se regularizó el 97%, así como quienes hayan declarado un precio más bajo del real en las compraventas de sus inmuebles.

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