Estado responsable
LOS PRECEDENTES de la colza y de la presa de Tous, entre otros, han puesto en evidencia la vetustez y la falta de agilidad del actual sistema de responsabilidad civil subsidiaria del Estado para resarcir a su debido tiempo los daños causados por los delitos de los funcionarios en el ejercicio de sus cargos. Los miles de perjudicados de estas catástrofes masivas, en las que son presumibles conductas negligentes o delictivas de funcionarios públicos, se unen a los que, víctimas de otras actuaciones de menor alcance, esperan con el temor de que la reparación económica que se les debe llegue demasiado tarde.La elaboración del nuevo Código Penal ofrece la ocasión de actualizar dicho sistema haciéndolo más eficaz y operativo con vistas a satisfacer los legítimos intereses de sus hipotéticos beneficiarios. Teóricamente, los nuevos mecanismos de resarcimiento de daños por el Estado introducidos por el Gobierno en el proyecto de Código Penal responden a ese objetivo. Pero en la práctica puede suceder todo lo contrario. De ahí que el Grupo Socialista se haya quedado solo en la defensa de la solución gubernamental en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso que dictamina el nuevo Código, en tanto que los demás grupos entienden que el nuevo texto enmascara un privilegio para la Administración y supone una agresión para los derechos de los ciudadanos.
Efectivamente, hasta ahora, la responsabilidad civil subsidiaria del Estado por los delitos que cometan los funcionarios en el ejercicio de su actividad es establecida por los tribunales en el curso del proceso penal. Y es lógico que ello sea así, pues la responsabilidad civil es consustancial a la penal si de ésta se han derivado daños o perjuicios. Corresponde, pues, al juez valorar los daños causados y fijar los términos en que deben ser reparados, en tanto que la responsabilidad civil integra el conjunto de la reacción penal frente al delito cometido. Pues bien, en el proyecto de nuevo Código Penal, la responsabilidad civil del Estado queda desvinculada del proceso penal, de modo que el ciudadano afectado habrá de exigirla directamente de la Administración y, en última instancia, de la jurisdicción contencioso-administrativa. A primera vista, el método se simplifica, pero en realidad se complica para el ciudadano: el resarcimiento de los daños queda enteramente en manos del órgano administrativo responsable, que de este modo se convierte en juez y parte. De ahí a dejar prácticamente indefensas a las víctimas del delito va un paso.
Además de constituir una pieza incoherente con el sistema penal -no existe precedente alguno en el der echo comparado-, este nuevo mecanismo para medir la responsabilidad civil del Estado colocaría al perjudicado en una clara situación de desigualdad. ¿Qué puede hacer el David-ciudadano frente al Goliat-Administración en una negociación de igual a igual en la que el reconocimiento del daño y su resarcimiento dependen de la parte más fuerte y objetivamente interesada en su inexistencia o minusvaloración? En todo caso, los grupos parlamentarios contrarios a la fórmula del Gobierno y del PSOE deberían hacer algo más que oponerse y aportar ideas propias sobre la cuestión. De aquí a que el proyecto de nuevo Código Penal se debata en el Pleno del Congreso hay tiempo para ver la forma de resolver esa especie de cuadratura del círculo que es mantener, como corresponde, la responsabilidad civil subsidiaria del Estado en el marco del proceso penal y, a la vez, no supeditar a su propio desarrollo el momento de reparar el daño causado por el delito.
La responsabilidad patrimonial que subsidiariamente corresponda al Estado por las conductas delictivas de sus funcionarios sólo puede ser fijada imparcial y proporcionalmente al daño causado por los jueces penales del caso. Ello no impide, sin embargo, que la Administración arbitre fórmulas para anticipar, en casos excepcionales, el cobro de la indemnización a cuenta o en sustitución de la que en su momento establezcan los tribunales. Es lo que acaba de hacer el Gobierno con la aprobación de un crédito de 19.000 millones de pesetas destinado a los afectados por la rotura de la presa de Tous. Y ése es el objetivo que debería perseguir, ante todo, la reforma del actual sistema de responsabilidad civil del Estado, en lugar de enfrentar al ciudadano en una directa y desigual batalla con la Administración.
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