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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Turno de oficio

ÉL ANTEPROYECTO de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, con el que se pretende organizar de forma eficaz el turno de oficio y la asistencia letrada al detenido, ha provocado una intensa polémica entre los abogados y el Ministerio de Justicia. Antonio Pedrol, presidente del Consejo General de la Abogacía y decano del Colegio de Abogados de Madrid, lo ha definido como el "intento más grave que yo he vivido de ataque a la libertad e independencia del abogado". Esta imputación, admisible como argucia de la defensa ante un tribunal, es demasiado extrema en el marco de un debate público.Con su reacción, Pedrol pretende salir al paso de un aspecto muy concreto del anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita: el que otorga al Ministerio de Justicia facultades de control sobre el turno de oficio y la asistencia letrada al detenido, así como de sanción en los supuestos de abuso. En principio, parece lógico que quien financia un servicio -los presupuestos dedican a este capítulo unos 5.000 millones de pesetas anuales- tenga algo que decir sobre la forma en que se realiza. No puede afirmarse por ello, sin más, que esta pretensión encubra la funcionarización del abogado ni que ataque la independencia y libertad profesionales. Aunque sí plantee problemas nuevos cuando el abogado de oficio tenga que litigar contra la propia Administración que le controla.

La realidad es que el funcionamiento del tú rno de oficio, subvencionado con fondos públicos desde 1974, y de la asistencia letrada al detenido, financiada tambien públicamente desde su reconocimiento legal en 1979, adolece de graves defectos. Ello propicia un nivel de fraude importante -en un 30% de los casos el turno de oficio beneficia a quien no debe- e irregularidades y abusos en su prestación profesional. El Tribunal de Cuentas ya denunció en su informe de 1985 una deficiente prestación de tales servicios de asistencia jurídica gratuita a causa del precario control ejercido sobre su subvención.

Más que enzarzarse en este tipo de polémicas, lo que la abogacía y el Ministerio de Justicia deberían hacer de acuerdo, por otra parte, con el informe que acaba de emitir el Consejo General del Poder Judicial sobre el asunto- es buscar fórmulas de colaboración en la mejora de un servicio destinado al justiciable sin recursos y que no siempre es prestado de manera correcta. Sería injusto desconocer la función social que realiza la abogacía colaborando en la prestación de este servicio. Y más cuando su retribución económica sigue estando todavía lejos de los baremos al uso en el mercado libre profesional. Pero también lo sería negar al Estado la obligación que tiene de preocuparse por la efectiva realización de un servicio que se financia con fondos públicos.

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El embrollo podría tal vez resolverse con alguna fórmula que tuviese en cuenta estas dos realidades. Para evitar el fraude en el turno de oficio, el anteproyecto de ley prevé, con el acuerdo, por lo que parece, de todos, la creación de unas comisiones de asistencia jurídica, integradas por representantes de la Administración y de los colegios de abogados y de procuradores, que serían las encargadas de tramitar y resolver las solicitudes. ¿No podrían dichas comisiones, paritarias extender también su cometido a la vigilancia y control de todo el proceso de prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita y asumir las facultades de sanción frente a los posibles abusos e irregularidades?

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